El comisario de la Policía Local de Orihuela califica de "guirigay" y "batiburrillo" los argumentos para su jubilación forzosa
José María Pomares valora presentar un recurso contencioso administrativo contra la decisión de denegarle seguir en activo hasta los 67 años

José María Pomares saludando a nuevos agentes, en una imagen de archivo / Tony Sevilla
El comisario de la Policía Local de Orihuela, José María Pomares, asegura a INFORMACIÓN que se enteró de su jubilación forzosa por este periódico, ya que la notificación le llegó ese mismo día pero más tarde, aunque no fue una sorpresa porque ya le habían avisado de que le denegarían su solicitud para seguir en activo hasta el 18 de septiembre de 2027, cuando cumplirá los 67 años.
Pomares califica los argumentos del Ayuntamiento como "un guirigay y un batiburrillo". En suma, "un corta y pega", insiste, hasta el punto de que está valorando si recurrirá la decisión "en base a la legislación y siendo objetivo". Tiene un mes de plazo para presentar un recurso de reposición y dos meses para un contencioso administrativo. "La edad de jubilación es a los 67 años, y no pido otra cosa", recalca.
El bipartito ha desestimado su petición, procediendo así a acordar la jubilación forzosa del funcionario de carrera. Su último día efectivo de trabajo será el próximo 18 de septiembre, a los 65 años. Lo ha hecho después de que se pidiera un informe de Recursos Humanos y la técnico jurídico del área hiciera un estudio de la situación, concluyendo la desestimación de la solicitud porque la ley así lo exige. No obstante, para asegurarse, la Administración local pidió un segundo informe a la asesoría jurídica del Consistorio que consideró lo mismo.
El Ayuntamiento justifica su decisión en que queda acreditada, según la vida laboral que obra en el expediente, que supera los años de cotización requeridos -38 años y tres meses o más- para acceder al 100 % de la pensión de jubilación, por lo que el Ayuntamiento tiene la obligación de declarar de oficio la jubilación forzosa.
La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público prevé la posibilidad de la prolongación de la permanencia en el servicio activo como máximo hasta que se cumplan los 70 años de edad. La Administración pública competente deberá resolver de forma motivada la aceptación o denegación de la solicitud. No obstante, queda excluido el personal de la Policía Local, de los servicios de extinción de incendios y de los agentes rurales de las comunidades autónomas y de las Corporaciones locales, siendo la edad de jubilación ordinaria para este caso los 65 años.
Además, el Consistorio sostiene que esta decisión va en la línea del decreto que establece la jubilación anticipada en el caso de la Policía Local, teniendo en cuenta que "realizados los pertinentes estudios, se desprende que los requerimientos psicofísicos que se exigen para su ingreso en ese cuerpo de seguridad, así como el desarrollo de la actividad inherente, no pueden realizarse o resultan más gravosos a partir de una determinada edad".
La argumentación es la misma que ha usado el alcalde de Alicante, Luis Barcala, para comunicar al comisario de la Policía Local del municipio, José María Conesa, que deberá dejar el cargo este verano, aunque el responsable policial tenía previsto alargar su salida hasta abril de 2027, en la previa de las próximas elecciones municipales, alegando que no tiene todavía los años cotizados necesarios.
La diferencia, apunta Pomares, es que "Conesa se llevaba mal con Barcala y mi relación con Pepe [Vegara] es buena". El alcalde le ha agradecido sus servicios prestados durante tanto tiempo en el municipio "con dedicación y entrega", no quedándole más opción al regidor que la de acatar el informe de los servicios jurídicos y Recursos Humanos.
Pomares lleva en la Policía Local oriolana desde 1982. Cercano a Ciudadanos, fue el 14 de junio de 2023 cuando tomó posesión de su cargo como comisario en el mandato -ya en funciones tras las elecciones que ganó el PP- de PSOE y la formación naranja, que ostentaba las concejalías de Seguridad Ciudadana y Recursos Humanos y que ahora recae en el PP, en manos de Mónica Pastor y Agustina Rodríguez.
La jubilación forzosa de Pomares, el próximo 18 de septiembre, diez días después de que se conmemore el Día de la Policía Local de Orihuela, un acto en el que se homenajea a diferentes agentes como los que se jubilan.
Si no hay cambio de guion, todo apunta a que lo sustituirá su número dos, Rubén Selma.
Nuevo alto cargo
Pomares también se ha presentado recientemente al puesto de alto cargo para coordinar el área cuatro del Ayuntamiento, uno de los cuatro nuevos directivos con un coste de 400.000 euros, que en este caso se encargaría de la coordinación y gestión de los servicios de derechos sociales, deportes y educación, así como al desarrollo de las políticas estratégicas en estos servicios, asesoramiento al alcalde, concejales delegados y junta de gobierno local; gestión administrativa y tramitación e impulso de expedientes. Es uno de los tres aspirantes, y su elección recae en el alcalde.
El comisario ha presentado un recurso de reposición en el que solicita la nulidad de pleno derecho de las bases de la convocatoria porque, argumenta Pomares, es un puesto de libre designación, pero no arbitrario, sino que la decisión debe estar motivada. Incluso, apuesta por que la elegida será Isabel María Belmonte.
El recurso sostiene que no se especifica de forma mínimamente motivada los méritos de los aspirantes ni la forma de ponderación, sino que solo se recoge el perfil, lo cual podría derivar en arbitrariedad.
También señala que todo el poder de designación se concentra en el alcalde, sin división legal entre el órgano que instruye y propone (alcalde) y el que realiza el nombramiento, la junta de gobierno, también presidida por Vegara.
Además, sostiene que el alcalde no es competente para realizar las bases ni la convocatoria si no tiene expresamente concedida esta competencia, y no consta que haya una resolución por la que la junta de gobierno haya delegado su competencia de aprobar las bases de las convocatorias de provisión de puestos de trabajo en la Alcaldía.
Asimismo, hay una supuesta carencia de titulación del alcalde que debe ser igual que la exigida para los aspirantes.
Por último, las bases no contienen el preceptivo informe de impacto de género. Según la Ley de la Función Pública Valenciana, "las convocatorias para la provisión de puestos por libre designación tendrán en cuenta el principio de igualdad real de mujeres y hombres y la prohibición de discriminación por razón de género, y se acompañarán de un informe de impacto de género, excepto en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo. Asimismo, se tenderá a la paridad de mujeres y hombres en este tipo de nombramientos".
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