CALLOSA DE SEGURA
El juzgado absuelve a dos exconcejales del PP de Callosa de Segura y un técnico del caso "wifi"
La magistrada solo ve posibles irregularidades administrativas en la adjudicación de unas obras por 90.000 euros a una empresa del hermano del entonces alcalde Javier Pérez

Ayuntamiento de Callosa de Segura / tony sevilla

Absueltos quince años después. El Juzgado de lo Penal número 3 de Orihuela ha dictado sentencia absolutoria para dos exediles del PP de Callosa de Segura, un exarquitecto técnico municipal del mismo municipio, un técnico externo y dos empresas en el caso de la contratación de la red wifi municipal de Callosa de Segura, que juzgó presuntas irregularidades en la adjudicación en 2010 de una obra valorada en 91.000 contratada al hermano del entonces alcalde, Javier Pérez. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Alicante en el plazo de diez días.
Sentencia
La resolución, fechada el 29 de diciembre de 2025, absuelve a Manuel Illán, que era concejal de Contratación del PP y presidente local de esta formación cuando ocurrieron los hechos en 2010; a Francisco José Rodríguez Bernabéu (exconcejal delegado de Obras); al exarquitecto técnico municipal, y al director del proyecto y administrador de Antakia SL, así como a las mercantiles Anco SL (actualmente absorbida por Nunsys SL) y Antakia SL de los delitos de prevaricación administrativa, fraude y tráfico de influencias. Delitos de los que les acusaba la Fiscalía Anticorrupción.
La denuncia la presentó el Gobierno de coalición de izquierdas liderado por Fran Maciá entre 2015 y 2019. Se da la paradoja de que Javier Pérez, hermano del gerente de la empresa que se adjudicó el contrato y que también fue investigado inicialmente en esta causa para ser desimputado después, es ahora el principal socio de gobierno del PSOE en las filas de la UCIN. Esta formación asumirá la vara de mando del Gobierno municipal en breve.
Hace quince años
El caso se remonta a 2010, cuando el Ayuntamiento de Callosa de Segura adjudicó por un importe de 91.271euros la instalación de una red inalámbrica municipal de acceso controlado a internet en espacios públicos financiada con cargo al Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva, el conocido Plan Confianza anticrisis del Gobierno de Camps.
El contrato fue finalmente adjudicado a Anco SL, empresa cuyo administrador era Manuel Pérez Trigueros, hermano del entonces alcalde Francisco Javier Pérez Trigueros. La investigación examinó si existió una manipulación de la adjudicación a la que se invitó a cuatro empresas para favorecer a dicha empresa mediante la alteración de los criterios de valoración, especialmente sobre el plazo de ejecución de las obras.
Después de que se abrieran los sobres con las ofertas, el 17 de septiembre de 2010, el proyectista del contrato, ahora absuelto en este procedimiento, incorporó al expediente, después de que se conocieran los detalles de las ofertas, un dictamen en el que decía que no resultaba posible ni viable que el plazo de ejecución pudiera reducirse en más de un 50 % del previsto. En el pliego inicial se valoraban con mayor puntuación las propuestas que más acortaran el plazo. Pero con ese cambio sobrevenido no puntuarían las ofertas que lo rebajaran por debajo de los dos meses y medio.
La única oferta que puntuó en ese apartado fue Anco, que proponía un plazo de ejecución de 106 días naturales, 3,5 meses, obteniendo 10 puntos en este aspecto valorativo y se hizo con el contrato.
La Audiencia se ha pronunciado tras valorar las pruebas practicadas durante el juicio y considerar las contradicciones existentes entre los peritajes realizados. Mientras que el perito judicial concluyó que todas las ofertas eran viables pese a la reducción de plazos, los peritos de parte defendieron que únicamente la propuesta de Anco SL resultaba realista y no afectaría a la calidad de las obras.

Red de wifi pública en una ciudad de la provincia de Alicante / INFORMACIÓN
Petición de la Fiscalía Anticorrupción
La Fiscalía Anticorrupción había solicitado inicialmente para cada uno de los cuatro acusados principales dos años de prisión e inhabilitación especial para el desempeño de cargos públicos durante siete años. Además, pedía la nulidad del contrato adjudicado a Anco SL y una indemnización de 5.476,30 euros al Ayuntamiento de Callosa de Segura por el beneficio industrial indebidamente cobrado.
La denuncia se fundamentaba en que el Gobierno del PP de 2010, liderado por el entonces alcalde, Javier Pérez, habría adjudicado irregularmente un contrato de más de 90.000 euros a la empresa de su hermano a través de distintos procedimientos administrativos que consideraban irregulares. Pérez fue imputado en la causa para luego ser exculpado -acudió como testigo al juzgado- al demostrarse que no participó directamente en el proceso de adjudicación, ni en la mesa de contratación, como el resto de investigados que finalmente sí fueron juzgados.
No toda ilegalidad administrativa es delito
En su razonamiento, la magistrada Sacramento Ruiz Bosch aplica el principio "in dubio pro reo" ante las contradicciones en las pruebas periciales sobre la viabilidad técnica de las ofertas presentadas. La sentencia señala que "no toda ilegalidad administrativa es constitutiva de delito, pues la infracción ha de ser flagrante, manifiesta y patente" y se requiere "intención perversa" o de "actuar con plena conciencia de la ilegalidad". La jueza concluye que no se ha acreditado que los acusados actuaron con conocimiento de la ilegalidad de sus actos.
La wifi no sirvió para nada
Más allá de un fallo judicial que resuelve por unos hechos que sucedieron hace quince años, el resultado, al margen de la absolución, está en que la inversión de dinero público no sirvió para nada. Porque la sentencia también destaca que la red wifi "finalmente nunca llegó a funcionar por presuntas cuestiones legales relacionadas con la normativa de telecomunicaciones", circunstancia que no afecta, interpreta la magistrada, a los elementos típicos de los delitos investigados, pero que sí explica, concede la jueza, el origen de la denuncia presentada años después por el nuevo equipo de gobierno municipal.
Asimismo, la resolución señala que algunas irregularidades detectadas en el procedimiento administrativo podrían tener consecuencias en el ámbito contencioso-administrativo -por ejemplo, la nulidad de los acuerdos adoptados-, pero no alcanzan la gravedad suficiente para configurar los delitos penales investigados.
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