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SAN FULGENCIO

José María Ballester, alcalde de San Fulgencio: "Si no hay sentencia firme, no hay moción de censura"

El alcalde popular aclara que recurrirá ante el TSJCV el fallo judicial que ordena retomar la moción de censura del PSOE y que realizará todos los recursos que le permita la legislación porque considera que la convocatoria del pleno fue irregular

Moción de censura suspendida en San Fulgencio en junio de 2025. En la imagen el alcalde José María Ballester

Suspenden la moción de censura del PSOE contra el PP en San Fulgencio / Áxel Álvarez

D. Pamies

D. Pamies

SAN FULGENCIO

José María Ballester, alcalde del Partido Popular de San Fulgencio está tranquilo. Aseguró este miércoles que la sentencia que ordena retomar el pleno de moción de censura presentada por el PSOE y un edil independiente, no es firme y que, por lo tanto, el secretario no puede trasladar ese fallo a la celebración de la sesión donde se quedó el 18 de junio de 2025. En aquel pleno la mesa de edad formada por dos concejales del PP señaló que no se daban las condiciones para votar la moción y levantaron la sesión. "Si no hay sentencia en firme, o ejecución de sentencia en firme, no hay moción de censura", subrayó el primer edil a INFORMACIÓN.

En las elecciones municipales de mayo de 2023 el Partido Popular de Ballester obtuvo cinco concejales, uno menos que el PSOE, pero consiguió formar gobierno con los dos ediles del Partido Internacional por las Nacionalidades (PIPN), uno de ellos, Alain Vandenbergen. El desencanto de este último avanzado ya casi dos años de gobierno municipal, propició que, tras dejar las filas del PIPN y como edil no adscrito, impulsara junto a los seis concejales del PSOE y José Sampere a la cabeza, una moción de censura.

TSJCV

El equipo de gobierno del Partido Popular, en representación del Ayuntamiento, va a apelar el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV). Ballester, abogado, indicó que la sentencia que considera vulnerados los derechos fundamentales de los concejales que presentaron la moción a la participación política, no entra en un aspecto formal fundamental que, a su juicio, invalidaba aquella convocatoria: el concejal independiente Alain Vandenbergen no había formalizado en el pleno su pase a los no adscritos.

José Sampere, candidato a alcalde en la moción de censura, el día del pleno, en la imagen de pie señalando

José Sampere, candidato a alcalde en la moción de censura, el día del pleno, en la imagen de pie señalando / Áxel Álvarez

Cuando el concejal acudió al pleno de la moción formaba parte del Partido Independiente por las Nacionalidades y "al margen de que se hayan derogado los párrafos de la Ley que impedían que votara una moción alguien que había formado parte del equipo de gobierno, no había constancia formal de que ya no era de ese grupo", insiste, recordando que la legislación está para cumplirla, también desde el punto de vista del procedimiento. "Como se hace con todos los procedimientos administrativos", recordó.

José María Ballester abandona el pleno de moción de censura el 18 de junio de 2025 tras supenderlo la mesa de edad

José María Ballester abandona el pleno de moción de censura el 18 de junio de 2025 tras supenderlo la mesa de edad / Áxel Álvarez

Proceso penal

Ballester añade, además, que no tiene mucho sentido que el PSOE proponga que dimita a cambio de retirar un procedimiento penal contra los dos ediles (también del Partido Popular) que actuaron como miembros de la mesa de edad. El concejal de mayor edad Paulino Herrero y la concejala más joven Laura Bernabé. Ambos fueron los que en función de un informe externo solicitado por Ballester decidieron suspender la sesión porque bajo el criterio que se esgrimía en el informe no se cumplían las condiciones para someter a votación la moción.

El PSOE interpreta que al afectar a la vulneración de derechos fundamentales un recurso ante el TSJCV o ante la ejecución de sentencia, que se resolverá relativamente pronto, no tiene carácter suspensivo y el pleno se retomará

"Si es que han presentado una denuncia penal, el que la retiren no implica que la Fiscalía y el Juzgado no mantengan la investigación, eso no depende de ellos, al margen de que pensemos que los concejales actuaron correctamente". En el mismo sentido, Ballester recordó que el PSOE vinculó esta denuncia tanto al primer pleno como a una segunda sesión, convocada con la firma de una nueva moción en vistas que la judicialización de la primera iba a prolongar cualquier opción de sacar adelante la iniciativa. Pero ese segundo pleno, que tuvo lugar el 25 de julio de 2025, también fue suspendido por la mesa de edad. La convocatoria de ambas sesiones, sin embargo, contaba con el visto bueno del secretario del Ayuntamiento.

El secretario general del Pleno de San Fulgencio que mantuvo que la moción de censura cumplía con los requisitos legales en sus dos convocatorias suspendidas por la mesa de edad

El secretario general del Pleno de San Fulgencio que mantuvo que la moción de censura cumplía con los requisitos legales en sus dos convocatorias suspendidas por la mesa de edad / Áxel Álvarez

Ejecución de sentencia

El PSOE ya señaló ante la más probable voluntad del alcalde de presentar recurso, que reclamarán una resolución de ejecución de sentencia. Ahí es donde se abre la posibilidad de que efectivamente se retome el pleno, ya que al tratarse de un procedimiento que afecta a los derechos fundamentales, los plazos de los juzgados para resolver se acortan y los recursos que presente el equipo de gobierno del PP carezcan de carácter suspensivo. Es decir, la sentencia se cumple al margen de que el recurso tenga recorrido ante el TSJCV. De hecho, el juzgado solo tardó diez días en emitir la sentencia desde que la Fiscalía emitió su informe.

Segundo intento frustrado de moción de censura en San Fulgencio

Segundo intento frustrado de moción de censura en San Fulgencio / Matías Segarra

El alcalde popular de este municipio de diez mil habitantes, con un 65 % de residentes extranjeros, que gobierna en minoría desde aquel pleno a través de decretos y resoluciones de junta de gobierno, sugiere que con un procedimiento penal abierto por ambas convocatorias no se podrá retomar el pleno hasta que el contencioso y la denuncia penal se resuelvan en firme. Y también advierte: "Vamos a recurrir todo lo que podamos recurrir, estamos en nuestro derecho".

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