Vox quiere prohibir la entrada de mujeres con burka o niqab a edificios municipales en Orihuela
La formación presenta una moción para aprobar un reglamento que limite el acceso en caso de ocultar el rostro

PI STUDIO
El grupo municipal de Vox de Orihuela lleva el veto del burka y el niqab en edificios municipales a la próxima sesión plenaria, que se celebrará el jueves de la semana que viene, como ya ha ocurrido en el propio Congreso de los Diputados y en ayuntamientos como el de Sant Joan y Alicante.
La formación que lidera Manuel Mestre, socio de gobierno del PP, pretende que el Ayuntamiento apruebe un reglamento o norma interna de uso de las dependencias municipales para prohibir el acceso a personas con prendas que oculten total o parcialmente el rostro.
"La utilización de prendas sin arraigo en España que cubren total o parcialmente el rostro, como el velo integral islámico (niqab o burka), impide objetivamente la identificación visual y dificulta el cumplimiento de las funciones públicas, con independencia de la motivación personal, cultural o religiosa de quien las porta", explica la moción en un alarde de justificar de forma "objetiva" la "necesidad de permitir la identificación visual del rostro por razones de seguridad y verificación de la identidad".
Así, a los efectos de esta regulación, no se permitiría la entrada a las personas que oculten su rostro con "prendas o atuendos que impidan total o sustancialmente la identificación facial", con "carácter general, y con independencia del origen, motivación o significado de la prenda -religiosa o no-". Con una excepción: los supuestos debidamente acreditados por razones médicas, motivos de salud pública o exigencias de seguridad laboral.
Por seguridad
La iniciativa, insiste el texto, se limita a "regular una condición objetiva de acceso y uso de dependencias municipales", espacios administrativos en los que se desarrollan actuaciones con efectos jurídicos, se presta atención directa al público, se gestionan datos personales y se garantiza la seguridad de usuarios y empleados públicos.
En este contexto, se advierte, la identificación visual del rostro resulta, en determinados servicios y trámites presenciales, un requisito imprescindible para la verificación de la identidad del usuario, la prevención de suplantaciones, la seguridad de personas y bienes y el normal desenvolvimiento del servicio público.
Además, señala que el Ayuntamiento, en ejercicio de su potestad de autoorganización y de policía administrativa, está habilitado para establecer condiciones de acceso, "siempre que persigan una finalidad legítima, sean necesarias y proporcionadas y respeten el contenido esencial de los derechos fundamentales".
Por último, la moción destaca que esta regulación no se extiende a la vía pública, ámbito en el que el Consistorio carece de competencia para imponer restricciones generales de vestimenta.
Se trata de otra iniciativa polémica que se suma a la moción llamada "billete de vuelta" para expulsar del municipio a los inmigrantes en situación irregular, la restauración del patriarcado aprovechando el Día del Padre y la prohibición de la fiesta del cordero.
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