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ORIHUELA: CASO AGENDAS

Hacienda señala en el juicio del alcalde Vegara que su empresa compró a un precio "exorbitado" cien mil agendas para eludir impuestos

Estación ITV Vega Baja empleó en material publicitario 1,4 millones de euros, un cuarto de su facturación en 2005 y más de lo que gastó en personal, para rebajar el beneficio fiscal y evitar el pago de 488.000 euros del Impuesto de Sociedades y del IVA

Tercera sesión de juicio a Vegara por supuesto frauce fiscal y falsedad en documento mercantil

D. Pamies

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ORIHUELA

Estación ITV Vega Baja empleó 1,4 millones de euros en 2005, el equivalente a un cuarto de su facturación total aquel año y más de lo que gastó en el capítulo de personal de ese ejercicio, a la compra de 100.000 agendas publicitarias para regalar a sus clientes. Fueron adquiridas a 17 euros la unidad, aunque su precio real en el mercado era de 1,3 euros, con el objetivo de rebajar sus beneficios y reducir en casi medio millón de euros el pago del Impuesto de Sociedades e IVA, según declaró el inspector de Hacienda que, en calidad de perito, testificó en una nueva vista del juicio que se sigue en el Juzgado de lo Penal de Orihuela contra el alcalde de Orihuela, Pepe Vegara, consejero delegado mancomunado de la empresa, otros tres consejeros y el responsable de la mercantil que vendió el material publicitario. En sus conclusiones provisionales, previas al juicio, la Fiscalía pedía siete años de cárcel para cada uno de los acusados, juzgados por supuestos delitos de fraude fiscal y falsedad en documento mercantil,

Después de ser suspendido en varias ocasiones, este juicio había sido señalado con tres sesiones, pero va a prolongarse hasta cinco. El 16 de julio, víspera del día del Pájaro Oriol, y con la ciudad en plenas fiestas de La Reconquista y Moros y Cristianos, será la última de ellas.

Gasto investigado

El perito testigo inspector de Hacienda sostuvo en el juicio que el gasto investigado tenía carácter fraudulento porque la empresa habría contabilizado como gasto deducible unas facturas por la compra de agendas publicitarias a un precio que, según su criterio, no respondía a la realidad. La idea central de su declaración, que se extendió durante más de dos horas y media acaparando la mayor parte de esta nueva sesión de la vista oral, fue que el precio fijado en el contrato y reflejado después en las facturas permitió aumentar artificialmente los gastos de la sociedad y reducir así la base imponible y la cuota a ingresar en el Impuesto sobre Sociedades.

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El inspector calificó ese precio como “artificioso”, “completamente ficticio” y “sobredimensionado”. Afirmó que el precio “no responde a la realidad” y llegó a hablar de una “falsedad ideológica en el precio”, porque, según su tesis, la factura documentaba una operación real en cuanto a la entrega de agendas, pero no real en cuanto al importe económico atribuido a esa entrega. Al contabilizar esas facturas como gasto, la empresa reducía el beneficio sometido a tributación. El inspector explicó que, si el gasto no respondía a la realidad, tampoco podía deducirse fiscalmente, porque implicaba dejar sin tributar un beneficio obtenido en el Impuesto de Sociedades e IVA.

Según explicó, el foco de la investigación acabó centrado en tres facturas vinculadas a una operación de compra de agendas de publicidad. Esas facturas, siempre según su declaración, fueron las relevantes para calcular tanto el efecto en el Impuesto sobre Sociedades como el IVA asociado, porque aparecían reflejadas como gasto en la contabilidad del ejercicio 2005. Y reiteró en varias ocasiones: la única finalidad que veía era “acreditar más gasto” para que la cuota tributaria a pagar fuera menor. Al ser preguntado si se refería a gastos ficticios, respondió afirmativamente y añadió que se trataba de incrementar artificialmente el gasto para reducir el beneficio fiscal declarado.

Estación ITV Vega Baja empleó 1,4 millones de euros, un cuarto de su facturación en 2005 y más de lo que gastó en el capítulo de personal, a la compra de 100.000 unidades de agendas a 17 euros, para rebajar sus ganancias y reducir en casi medio millón el pago del Impuesto de Sociedades e IVA

Cobertura

El contrato que dio cobertura a la operación fue una compraventa de agendas publicitarias entre la Estación ITV Vega Baja -de la que era y es consejero delegado mancomunado Pepe Vegara y tres socios más-, y la mercantil Oricofi, cuyo representante es el cuarto acusado. El perito señaló que lo que llamó la atención de la inspección -e incluso previamente de la auditoria de la propia empresa- fue el precio pactado: 17 euros por unidad. Lo calificó como un precio “exorbitante” en relación con el coste que se desprendía del propio circuito comercial previo.

Para explicar esa conclusión, el inspector describió una cadena de empresas intermedias. Según aseguró, las agendas partían de un precio de adquisición cercano a 1,31 o 1,32 euros. Después pasaban por sucesivos intermediarios con pequeños incrementos: primero hasta 1,56 euros y luego hasta 1,97 euros. Hasta ese punto, dijo, la inspección no veía un problema esencial porque podía tratarse de márgenes comerciales. Lo que consideró injustificado fue el salto desde ese entorno de precios hasta los 17 euros por agenda facturados a la ITV. Un incremento del 5.000 %.

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D. Pamies

El declarante, cuya comparecencia la defensa trató de evitar sin éxito cuando planteó las cuestiones previas en la primera jornada del juicio, compareció en sustitución del inspector, ya fallecido, que abrió las actuaciones de comprobación e inspección en 2019 a Estación ITV Vega Baja. A preguntas de la Fiscalía y la Abogacía del Estado, afirmó que mantenía el informe de delito elaborado por su compañero, aunque explicó que, al revisar el expediente, había corregido parte del cálculo de la cuota tributaria para depurar partidas que no debían integrar la deuda de 2005. Subrayó que no se limitó a asumir sin más el trabajo previo, sino que contrastó si las conclusiones estaban apoyadas en la documentación del expediente.

Una cuarta parte de su facturación

El declarante explicó como ejemplo que una empresa con una facturación aproximada de seis millones de euros no podía justificar, sin una razón económica real, la entrega de alrededor de una cuarta parte de su facturación a un tercero por unas agendas cuyo coste de adquisición rondaba poco más de un euro. A su juicio, solo ese dato ya constituía un indicio fuerte de irregularidad.

El perito insistió en que el propio mercado, al que acudieron los intermediarios, ya ofrecía una referencia suficiente del valor real de las agendas sin realizar muchas más comprobaciones, preguntado por las defensas de los cuatro empresarios acusados sobre cómo se había fijado por la inspección que 17 euros por unidad era un precio elevado. Rechazó que otras valoraciones genéricas sobre agendas personalizadas pudieran alterar la conclusión de la Agencia Tributaria. Según declaró, en este caso había relaciones comerciales concretas entre partes independientes que permitían conocer el precio real del producto sin necesidad de acudir a comparaciones externas.

Un ejemplar de las 100.000 agendas que ITV Vega Baja compró a 17 euros la unidad para regalársela a sus clientes

Un ejemplar de las ya famosas 100.000 agendas que ITV Vega Baja compró a 17 euros la unidad para regalarlas a sus clientes / D. Pamies

El inspector, que aseguró que conocía bien el sector de las ITV, señaló que este tipo de negocios tiene, en términos generales, un margen elevado, porque presta un servicio con personal cualificado, equipos y concesión administrativa. Por eso consideró incompatible con la lógica económica del negocio que aparecieran gastos a terceros tan altos, al margen del personal, hasta el punto de afirmar: “No es literalmente posible”.

El declarante lo expresó con otra comparación: según dijo, el gasto en agendas habría llegado a ser comparable al pago de todos los salarios del personal de ese año con lo que el volumen del gasto resultaba irreal para la estructura económica de la empresa y para el tipo de actividad que desarrollaba.

Los pagos que desaparecían

La mecánica descrita por el perito se completaba con los pagos. En este sentido señaló que algunos importes fueron ingresados en cuentas y retirados en efectivo de forma inmediata, mientras que otros fueron endosados a una tercera mercantil.

Sobre esos movimientos, el inspector fue prudente, pero los consideró relevantes y sugirió, sin afirmarlo -son cuestiones que no figuran en la causa como investigados-, que el dinero abonado por las agendas pudo volver al entorno de personas o empresas ligadas a la ITV. Dijo que la retirada inmediata de fondos era un indicio de que el dinero no permanecía en el patrimonio de Oricofi, empresa que elevó el precio hasta los 17 euros. También afirmó que, en el caso de los endosos, lo importante era analizar a dónde llegaban los fondos, porque esa salida podía revelar un traslado del beneficio hacia terceros.

Auditoria

Consideró de especial relevancia el informe de auditoría de la sociedad, porque ya contenía reparos sobre las cuentas. El inspector afirmó que, cuando unas cuentas auditadas llegan con salvedades, la inspección lo considera un indicio importante porque las auditoras, en términos generales, suelen estar alineadas con la gestión de las empresas a las que auditan. A su juicio, la empresa auditora, que sigue siendo la misma en la actualidad, había detectado una anomalía en una cifra elevada de gastos, aunque no fue más allá.

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