Orihuela
El Supremo avala la decisión del Consell del Botànic de no prorrogar las concesiones privadas de ITV
La sentencia desestima el recurso de la empresa oriolana Pistas Iteuve y confirma que la Administración valenciana podía dejar extinguir los contratos y asumir la gestión directa del servicio

Colas en una ITV de la provincia de Alicante, en una imagen de archivo / INFORMACIÓN

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la empresa oriolana Pistas Iteuve contra la decisión de la Generalitat Valenciana de no prorrogar las concesiones privadas de las estaciones de ITV y recuperar la gestión directa del servicio. La sentencia confirma el fallo previo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que ya había dado la razón a la Administración autonómica.
El origen del conflicto radica en los contratos firmados en 1997 para la explotación de las estaciones de inspección técnica de vehículos en la Comunitat Valenciana. Aquellas concesiones tenían una duración inicial de 25 años y podían prorrogarse por periodos de diez años, siempre que ninguna de las partes comunicara lo contrario con al menos un año de antelación. La Generalitat notificó el 28 de septiembre de 2021 a los operadores privados, entre ellos Pistas Iteuve, su voluntad de no prorrogar los contratos, que vencían en noviembre de 2022.
Finalmente, la Generalitat inició el rescate de las ITV a la gestión directa, a través de la empresa pública Sociedad Valenciana de Inspección Técnica de Vehículos (Sitval) el 27 de febrero de 2023 y lo completó el 6 de marzo de 2023, tras el vencimiento de las concesiones privadas, a un paso de culminar aquella legislatura. Aquella decisión sigue generando debate por las condiciones en las que se presta actualmente el servicio, por ejemplo, con escaso margen de adaptación a la demanda a la hora de reforzar a un personal que fue subrogado por la Administración autonómica.

ITV de Torrevieja, en una imagen de archivo / AXEL ALVAREZ
Recurso
Pistas ITV recurrió esta decisión del Consell. Sostenía que la Generalitat no había valorado correctamente las consecuencias económicas y presupuestarias de recuperar el servicio. A su juicio, el informe encargado por la Administración a Nuve Consulting no analizaba con suficiente detalle los gastos presentes y futuros que tendría que asumir la Generalitat, ni los efectos de la reversión sobre la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. Por eso pedía que se anulara la decisión de no prorrogar la concesión.
Sin obligación de prorrogar
La Generalitat defendió lo contrario. Alegó que había encargado un análisis económico antes de adoptar la decisión, informe donde se estudiaba la situación del servicio, las estaciones necesarias, los medios personales y materiales, las distintas formas de gestión y las consecuencias económicas de la reversión. También sostuvo que la Administración no estaba obligada a prorrogar la concesión y que podía optar por un modelo de gestión directa no solo por razones de coste, sino también de eficiencia y de calidad del servicio.
El Supremo acepta la tesis de la Generalitat. La sentencia subraya que la concesión terminaba por el cumplimiento del plazo pactado en el contrato, no por una decisión anticipada de la Administración. La prórroga, añade, no era un derecho de la empresa ni una obligación para la Generalitat. Lo que hizo la Administración fue comunicar que no daba su consentimiento para prolongar otros diez años el contrato.
Informe externo
El fallo, que tiene como ponente al magistrado Manuel Delgado-Iribarren García-Campero, considera suficiente el informe de Nuve Consulting. Según la sentencia, el documento fue emitido el 11 de noviembre de 2020, antes de la comunicación de septiembre de 2021, y valoró las actuaciones necesarias para la reversión, el coste económico previsto, los modelos de gestión directa e indirecta y sus consecuencias. El informe concluía que prorrogar la concesión otros diez años era la opción económicamente más desfavorable.
La Abogacía de la Generalitat se mantuvo firme en estos argumentos ante el tribunal también tras el cambio de gobierno en la Generalitat a mediados de 2023 en el objetivo de defender sus propios actos pese a que la decisión de rescatar las ITV llegó bajo el impulso del Consell del Botànic. Los servicios jurídicos autonómicos remitieron el escrito de oposición al recurso en noviembre de 2025.

ITV de Redován, ahora gestionada por la Generalitat, en una imagen de archivo / AXEL ALVAREZ
Con esos elementos, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo entiende que la Generalitat cumplió con la obligación de valorar las repercusiones económicas de su decisión. La Sala rechaza que hubiera una ausencia de informe y considera que la discrepancia de la empresa con su contenido no basta para anular la actuación administrativa. En el caso de las ITV, tanto los recursos de las empresas como en la respuesta de la Generalitat, se repite el recorrido judicial que también tuvo la decisión del Gobierno del Botànic de rescatar las concesiones de departamentos de salud: una supuesta deficiencia en la justificación económica de la decisión y un aval judicial de la actuación de la administración autonómica en los juzgados.
Falta de personal
La decisión de rescatar las ITV como un servicio público de gestión directa sigue generando polémica. Como avanzaba INFORMACIÓN, pasar la Inspección Técnica del Vehículo se ha vuelto a complicar en la provincia de Alicante con la llegada del verano. La falta de personal está en el epicentro de la gestión de unas estaciones en manos públicas desde hace tres años. Desde entonces hasta ahora, la situación ha pasado del caos a casos puntuales de normalización y verdaderos atascos en localidades como Benidorm; pero, con la llegada del verano la situación se complica y obliga a largas esperas a los conductores y, en el caso de transportistas y talleres se buscan alternativas como Murcia o Albacete.
En zonas limítrofes con la Vega Baja de Alicante de la Región de Murcia las empresas de inspección crecieron durante años con demanda alicantina al amparo de un marco normativo más laxo, menos demoras y unos precios más competitivos. Una circunstancia favorecida porque el criterio técnico es el mismo en toda España y se puede pasar la ITV en cualquier estación del país, sin obligación de hacerlo en la comunidad donde esté matriculado el vehículo, bajo la aplicación del mismo manual estatal de inspección.
Ahora esa oferta se ha intensificado con campañas de atracción de usuarios del centro y sur de la provincia para que pasen el límite autonómico y realicen la ITV en municipios murcianos limítrofes como San Pedro o Santomera, sobre todo ante unos tiempos de espera sensiblemente menores. Además, en Murcia el mercado está liberalizado: cada estación fija sus precios, horarios y posibles promociones, aunque el ahorro económico es discreto.
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