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Ya ha entrado en vigor: la Ley de Bienestar animal contempla multas de hasta 200.000 euros por infracciones muy graves

El objetivo de esta norma es combatir el abandono y el maltrato así como regular la cría, venta y cuidado de las mascotas

Ley de bienestar animal

Agencia ATLAS

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C. Suena

C. Suena

Desde el pasado mes de marzo de 2023 la Ley de Bienestar animal está en vigor en nuestro país, aunque hay medidas que se recogen que todavía están en aplicación. Un ejemplo es el “listado positivo” de animales de compañía y el de especies domésticas de compañía que el pasado mes de abril pasaron al proceso de información pública del proyecto, pese a que estos listados están contemplados en la ley.

El objetivo de la ley es proteger a los animales de compañía y combatir el abandono y el maltrato y favorecer una tenencia responsable. La normativa afecta especialmente a propietarios de perros, gatos y hurones, aunque también regula la cría, venta, identificación y cuidado de mascotas. Para ello establece distintos tipos de infracciones que llevan aparejados multas económicas.

Obligaciones de los propietarios de animales

La Ley de Bienestar animal recoge obligaciones específicas con respecto a los animales de compañía por parte de los titulares o las personas que convivan con ellos. Aquí tienes un breve resumen de ellas:

  • Mantenerlos integrados en el núcleo familiar en buen estado de salud e higiene
  • Adoptar las medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada. 
  • Evitar que depositen sus excrementos y orines en zonas comunes y estando obligados a la retirada y limpieza de los mismos
  • Facilitarles controles y tratamientos veterinarios
  • Superar la formación en tenencia responsable reglamentada para cada especie
  • Identificar al animal con un microchip
  • Comunicar la retirada del cadáver de un animal de compañía identificado
Los perros no suspiran por su vida perra. O sí.

Los perros no suspiran por su vida perra. O sí. / INFORMACIÓN

Prohibiciones más importantes para los propietarios de animales

La normativa prohíbe expresamente:

  • Sacrificar animales
  • Practicarles mutilaciones o modificaciones corporales permanentes
  • Utilizarlos en peleas
  • Mantenerlos atados o deambulados por espacios públicos sin supervisión
  • Mantenerlos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o similares
  • Llevar animales atados a vehículos a motor en marcha
  • Dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos; en el caso de la especie canina, este plazo no podrá ser superior a veinticuatro horas consecutivas. 
  • La cría comercial de cualquier especie de animal de compañía 
  • La comercialización de perros, gatos y hurones en tiendas de animales, así como su exhibición y exposición al público con fines comerciales. 
  • Se prohíbe el uso de cualquier herramienta de manejo que pueda causar lesiones al animal, en particular collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo
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Héctor Fuentes

Multas de la Ley de Bienestar animal

Las sanciones económicas varían según la gravedad de la infracción:

  • leves: hasta 10.000 euros,
  • graves: entre 10.001 y 50.000 euros,
  • muy graves: desde 50.001 hasta 200.000 euros.

Se consideran infracciones muy graves en la Ley de Bienestar animal:

  • El incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones exigidas por esta ley cuando se produzca la muerte del animal, siempre que no sea constitutivo de delito, así como el sacrificio de animales no autorizado.
  • La eutanasia de animales con medios inadecuados o por personal no cualificado.
  • El adiestramiento y uso de animales para peleas y riñas con otros animales o personas.
  • El uso de animales de compañía para consumo humano.
  • Dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en esta ley.
  • La cría, el comercio o la exposición de animales con fines comerciales por personas no autorizadas o la venta de perros, gatos y hurones en tiendas de animales.
  • El uso de animales en actividades prohibidas, en particular en actividades culturales y festivas, en atracciones mecánicas, carruseles de feria, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses.
  • El uso de la selección genética de animales de compañía que conlleve un detrimento para su salud.
  • La comisión de más de una infracción grave en el plazo de tres años, cuando así haya sido declarado por resolución administrativa firme.

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