Un hombre de nacionalidad rumana de 50 años residente en Benissa ha sido condenado por la Audiencia de Alicante a tres años de prisión por dar una paliza a quien fuera su compañera sentimental, después de que esta descubriese que el procesado estaba casado y le dijese que quería romper la relación.

La agresión tuvo lugar en torno a las cinco de la madrugada del 30 de diciembre de 2018, después de que el acusado y la que era su pareja en ese momento saliesen a tomar unas copas en el municipio de Teulada-Moraira.

La sentencia, dictada por un tribunal de la Sección Primera, detalla que, tras abandonar el pub al que habían acudido, ambos se desplazaron hasta el domicilio del acusado, en el que, poco después, se presentó una mujer de nacionalidad rumana que inició una discusión con el acusado y le dijo a la víctima de la agresión que ella era la esposa del procesado desde hacía dos años.

Al término de la discusión, la mujer abandonó la casa y fue entonces cuando la compañera sentimental del acusado le recriminó que le hubiese mentido y que le hubiese ocultado que estaba casado, por lo que pidió que llamara a un taxi porque quería marcharse.

No obstante, en ese momento, el procesado la agarró por el cuello propinándole puñetazos y patadas por todo el cuerpo mientras le gritaba: "Puta, zorra, todas las mujeres estáis conmigo solamente por mi dinero", y acto seguido la tiró al suelo, donde siguió golpeándola.

Finalmente, la víctima de la agresión permaneció en el domicilio del acusado hasta pasado el mediodía del día siguiente, cuando unos amigos acudieron a recogerla, tras lo que se personaron ante la Guardia Civil para presentar la denuncia.

Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió diversos hematomas en la cara, en los brazos y en las piernas, además de un esquince en la muñeca izquierda, para cuya sanación requirió sesenta días, según la sentencia.

Así, el tribunal considera al procesado autor de un delito de lesiones con la agravante de parentesco por el que le impone tres años de privación de libertad y le obliga a indemnizar a la víctima con el pago de 3.800 euros por las lesiones y las secuelas ocasionadas.

Sin embargo, acuerda su absolución respecto al delito de agresión sexual que también se le atribuía al no considerar probado que el acusado forzase a su expareja a mantener relaciones en contra de su voluntad, como ella declaró ante el juzgado, un año después de presentar la denuncia inicial.

La sentencia es recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana en el plazo de diez días.