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Absuelto el exprimer tro de la filà Magenta de Alcoy de quedarse 66.000 euros

La Audiencia ve probado que había descontrol económico en la entidad festera pero no que el procesado lo hiciera para apropiarse el dinero

Fachada de la sede la Fila Magenta en una imagen de archivo.

La Audiencia de Alicante ha absuelto al que fuera primer tro de la filà Magenta de Alcoy del delito de apropiación indebida que le llevó al banquillo. La Fiscalía y la acusación particular que ejercía un grupo de festeros le reclamaban tres años y seis meses de cárcel y cuatro años, respectivamente, por haberse apropiado supuestamente de más de 66.000 euros entre 2015 y 2018. El fallo considera probado que en la gestión de la filà existía "un absoluto descontrol económico", pero rechaza que se tratara de una acción directa del acusado, ni que fuera buscado a propósito para ocultar las distracciones de dinero. La situación económica llegó a tal punto que la Asociación San Jorge, la entidad que se encarga de la organización de las fiestas de Moros y Cristianos de Alcoy, intervino la filà Magenta en septiembre de 2018, despojando de sus cargos a toda la directiva y nombrando una gestora para que asumir el control de la actividad económica.

El fallo de la Sección Primera, que no es firme y contra el que cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ), no ha considerado probado que durante el periodo en el que el acusado fue Primer Tro asumiera personalmente la administración económica de la filà, ni que se aprovechara de su situación distrajera la cantidad de 66.629 euros. Tampoco considera acreditado que aprovechándose de la relación de confianza que tenían en él se quedara con el dinero que le entregaban los festeros. En el caso de la acusación particular los querellantes elevaban a 71.644 euros las cantidades presuntamente distraídas.

Los magistrados concluyen que de la larga lista de testigos que comparecieron en el juicio, "no se puede tener la convicción del completo dominio del acusado sobre la gestión económica de la filà y mucho menos que en ejecución de un plan basado en el descontrol financiero se prevaliera de ese cargo para apropiarse de cantidades". Las acusaciones sostenían que tras haber accedido al cargo de tesorero un año antes de los hechos enjuiciados desactivó el control contable e incorporó mecanismos que facilitaran la posterior apropiación. Los jueces insisten en que esta tesis quedó rebatida por la declaración del propio tesorero que dijo que bastaba un documento de Excel para los movimientos del dinero. "El acusado no impuso ningún tipo de control contable a una filà que, como reconocieron gran parte de los testigos, no prestaba gran atención a la gestión económica, funcionando como un grupo de amigos, por más que resultara reprobable que no continuaran las prácticas correctas que en épocas anteriores sí se usaron", relata la sentencia.

Variedad de sistemas

El fallo señala que "el problema de control comenzaba con los ingresos mismos de la filà, que se obtenían de diversas fuentes y se recaudaban por muy distintos sistemas". Si bien se incide en que las cuotas pagadas por domiciliación bancaria no ofrecían dudas del camino que seguía el dinero, no ocurría así en el caso de las cuotas pagadas en efectivo en la secretaría o con las transferencias bancarias. "Un vocal iba recibiendo a lo largo de los días pequeñas cantidades de los festeros, que podían ser destinadas al pago de la cuota o sencillamente a su gasto durante las fiestas, de manera que en ese caso funcionaba como una especie de hucha que se rompía en las fiestas y contenía lo que cada uno había ido aportando a modo de ahorro individual", argumentan. Un dinero que también podía ser cobrado por el tesorero, el contador o el propio acusado.

Otro tanto ocurriría con los gastos. Aunque algunos eran perfectamente conocidos, como la luz, el agua, la cuota del préstamo para el pago del local o impuestos), había otros que eran abonados por distintas personas y de distintas maneras, que "tanto se podían referir a pagos a proveedores, responsables de bares de otras agrupaciones cuando se hacían comidas y la mayor parte de ese dinero se movía sin facturas, con meros recibos. En B", puntualiza el fallo.

Estimaciones

Los magistrados concluyen que el cálculo de las cantidades presuntamente distraídas "procede en parte de meras estimaciones". Un informe pericial encargado por los responsables de la Asociación San Jorge, fue el que sirvió para hacer una estimación de los ingresos teóricos de la filà, aunque los magistrados señalan que para este trabajo no se tuvo en cuenta otros impagos. Los magistrados admiten que la gestión del acusado fue "extremadamente deficiente", pero concluyen que existen dudas del sobre el verdadero alcance de la gestión del acusado en la gestión económica de la agrupación.

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