El Tribunal Superior anula a Sanidad otra jubilación forzosa de un médico
La sentencia indica que el facultativo debe ser indemnizado por la diferencia entre la pensión y la retribución como profesional
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJ) obliga a la Conselleria de Sanidad a readmitir en su puesto de trabajo a un médico de un hospital ilicitano al que le fue denegada la prórroga para seguir activo en el servicio tras haber cumplido los 65 años de edad.
Según explicó ayer el sindicato CSI·F, la denegación de la prórroga se produjo incluso a pesar de que el citado facultativo cumplía con los requisitos exigidos por la administración para ello, como es un informe del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales que certifica que el trabajador está perfectamente capacitado para continuar activo laboralmente.
Además de establecer la incorporación del trabajador a su puesto hasta un máximo de 70 años de edad, la sentencia del TSJ -contra la que cabe recurso ante el Tribunal Supremo- indica que el médico debe ser indemnizado en la cantidad resultante de la diferencia existente entre la pensión de jubilación y la retribución en activo asignada al puesto que ocupaba hasta su reposición en el mismo o jubilación definitiva por edad o por pérdida de aptitud.
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