Sanidad tendrá que indemnizar con 25.600 euros a una paciente trasplantada en el Hospital de Alicante
La Audiencia Provincial considera probado que una mala praxis durante un trasplante de riñón provocó a la mujer lesiones en los nervios femoral y ciático
La Audiencia Provincial de Alicante considera probado que una mala praxis durante un trasplante de riñón, en el Hospital General de Alicante, provocó a una paciente lesiones en los nervios femoral y ciático; por lo que condena a la Conselleria de Sanidad al pago de una indemnización de 25.600 euros. Consultada la conselleria al respecto, fuentes del departamento sanitario señalan que sobre asuntos judicializados y con sentencia no se pronuncian.
Los hechos recogidos en la sentencia datan del 25 de agosto de 2020 en dicho centro hospitalario, donde una mujer fue intervenida quirúrgicamente para proceder a un trasplante renal. Tras la operación, la paciente desarrolló “una parálisis del miembro inferior derecho derivada de una lesión en el nervio femoral y una pérdida de axones funcionales del 60% en el nervio ciático", explican desde el despacho de abogados que ha llevado el caso en un comunicado.
Las consecuencias han quedado recogidas en la sentencia, "12 puntos de secuelas por lesión incompleta del nervio femoral, además de 9 días de perjuicio personal particular grave; y 266 días de perjuicio personal particular moderado".
Despacho de abogados
El fallo da respuesta a un recurso presentado por la demandante a través de la firma Le Morne Brabant Abogados "como consecuencia del silencio administrativo tras la reclamación judicial de dichos daños y deja sin efecto las resoluciones impugnadas, condenando a la Administración a que proceda indemnizar a la recurrente en la cantidad de 25.598,93 euros, correspondientes a los perjuicios padecidos, que no tenía el deber jurídico de soportar, incrementado con los correspondientes intereses desde la fecha de la reclamación presentada en la vía administrativa”.
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La juez basa su fallo en el informe del médico inspector incluido en la demanda, que, "tras valorar y revisar la actuación llevada a cabo por el Servicio de Nefrología y Urología del Hospital de Alicante vino a concluir que la actuación del servicio no fue correcta. Conclusión a la que llega también la Comisión de Valoración del Daño, que actúa como organismo autónomo e imparcial para la valoración de daños y secuelas en víctimas en accidentes de circulación".
Desde el despacho de abogados que lleva el caso se muestran satisfechos con la sentencia, ante la que no cabe recurso y se felicitan de que la conclusión final de la justicia haya sido “tajante”, "estimando íntegramente los pedimentos establecidos en la demanda, condenando a la Administración al abono de la indemnización, más intereses y costas del procedimiento".
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