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Nueva condena al Ayuntamiento de Alicante por suspender la cuenta de e-mail a un sindicato

El Tribunal Superior de Justicia da la razón a CCOO tras la decisión de restringir el acceso a su correo electrónico por enviar la convocatoria de una concentración de apoyo a las víctimas de la dana

Los funcionarios del Ayuntamiento de Alicante celebran Santa Rita

Héctor Fuentes

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Un total de 9.100 euros. Es la condena que tendrá que pagar el Ayuntamiento de Alicante, 8.500 euros de indemnización y otros 600 en costas, tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) emitida este martes y que confirma de manera íntegra la que ya publicó hace un año el Juzgado Número 1 de lo Social de Alicante tras la denuncia de la sección sindical de CCOO en el Consistorio.

El motivo fue el cierre de la cuenta de e-mail del sindicato durante un mes a raíz de la convocatoria que la citada sección sindical hizo el 7 de noviembre del 2024, cuando instó al personal del Ayuntamiento a concentrarse a las puertas de la administración municipal para expresar su solidaridad con las víctimas de la dana, que pocos días antes causó 230 víctimas mortales en la provincia de Valencia.

“Desde el Ayuntamiento nos explicaron que no podíamos enviar el e-mail de manera generalizada, pero alegamos que en otras ocasiones se había hecho para hacer llegar felicitaciones navideñas y por otros motivos”, explican desde CCOO, que aseguran que no esperaban la actuación del Comité de Seguridad de la Información del Consistorio presidido por el alcalde Luis Barcala.

El cierre “unilateral” de la cuenta de correo impidió a la sección sindical de CCOO acceder a su e-mail entre el 18 de diciembre de 2024 y el 18 de enero de 2025, impidiendo así la comunicación con el personal municipal, la recepción de información y las convocatorias de reuniones por parte del sindicato.

El Juzgado Número 1 de lo Social ya dio la razón al sindicato en primera instancia el 30 de junio de 2025, y ahora el TSJ ha ratificado esta sentencia por considerar que la decisión del Ayuntamiento fue “desproporcionada e injustificada”, según han trasladado desde el sindicato. Además, en CCOO critican “el empeño” del Consistorio tras haber recurrido la actuación “que ya había sido declarada ilegal” en primera instancia, cosa que “ha supuesto todavía más gasto para las arcas municipales”.

En el sindicato recuerdan que con el envío del e-mail que derivó en la suspensión “no se acreditó ningún perjuicio real al funcionamiento municipal”, que “otros sindicatos, servicios municipales o particulares habían utilizado el correo electrónico de forma singular sin sanción alguna” y que el castigo “vulneró la libertad sindical”.

Y rechazan la posibilidad de que el gobierno de Barcala presente un nuevo recurso y eleve el caso al Tribunal Supremo, hecho que acarrearía en “más dinero público invertido en procedimientos judiciales evitables”.

Precedente

No es la primera vez que se publica una sentencia de este estilo contra el Ayuntamiento. El Sindicato de Empleados Públicos (SEP), mayoritario entre los trabajadores del Consistorio, también vio suspendida su cuenta de correo electrónico durante un mes entre marzo y abril de 2024 por un supuesto incumplimiento de las normas de uso.

Sin embargo, un juzgado declaró nula la actuación por entender que los requisitos no habían sido notificados en tiempo y forma al sindicato. El Ayuntamiento acudió al TSJ sin obtener la razón y el Supremo acabó inadmitiendo el último recurso del Consistorio, que tuvo que pagar 2.000 euros a la organización sindical.

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