Derechos sociales

Un "error" judicial deja a un trabajador que perdió a su bebé sin dos meses de permiso de paternidad

El TSJC reconoce al trabajador ese derecho, pero no obliga a la Seguridad Social a compensarle las semanas pendientes

Sala de espera en el hospital materno-infantil de Vall d’Hebron, en Barcelona.

Sala de espera en el hospital materno-infantil de Vall d’Hebron, en Barcelona. / Manu Mitru

Gabriel Ubieto

Un "error" judicial ha dejado sin dos meses de permiso de paternidad a un trabajador que perdió a su bebé nonato a pocas semanas del parto. La nueva doctrina reconoce a todo progenitor el derecho de ejercer las 16 semanas de ausencia remunerada del trabajo, también para aquellas parejas que pierdan a la criatura en el estadio final del embarazo. Ese permiso le es reconocidas a las madres para recuperarse físicamente y ambos progenitores en aras de poder pasar el duelo por la pérdida y tener tiempo para cuidarse mutuamente.

Y si bien el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) le reconoce al trabajador demandante ese derecho en abstracto, no obliga a la Seguridad Social a compensarle las semanas pendientes para culminar las 16 obligatorias por ley. Condenándole a recurrir hasta el Tribunal Supremo si quiere subsanar ese fallo técnico. 

“Llegaremos hasta donde haga falta. La finalidad para mí ahora ya no se cumple, aunque nos acaben dando la razón. Pero nuestra idea es abrir camino para quienes vengan detrás y sí puedan ejercer ese derecho”, explica a EL PERIÓDICO Ricard (nombre ficticio para preservar su anonimato).

Los hechos se remontan a finales del 2020, cuando Ricard y su pareja tuvieron que ir repentinamente a urgencias por problemas con el embarazo de ella, en estado avanzado de gestación. Los médicos le indujeron el parto pero no pudieron salvar la vida del infante nonato. Tras el suceso, la madre solicitó ejercer el permiso por nacimiento de hijo y hacer las 16 semanas de manera ininterrumpida. 

Su marido, no obstante, solicitó acceder al permiso de manera partida –tal como contempla la ley-, primero cuatro semanas y luego, tras un paréntesis laboral, las 12 semanas restantes. No obstante, la Seguridad Social le denegó el permiso y ahí empezó la vía legal.

Un derecho poco conocido

La disponibilidad de los progenitores que haya perdido a su hijo nonato al permiso de paternidad es un derecho reciente y poco conocido que muchas parejas no ejercen, fruto de este desconocimiento. Especialmente los varones, al tenerlo reconocido desde hace menos tiempo y dada la escasa jurisprudencia existente. La ley reconoce dicho derecho a cualquier progenitor que pierda a su bebé si este ha estado 180 días en el vientre materno.

En julio del 2022 el Tribunal Supremo dictó sentencia y negó a un padre este derecho, si bien en su fallo reconocía que se pronunciaba en dicho sentido debido al ordenamiento legal existente y que veía recorrido a un cambio normativo que permitiera, en este sentido, equiparar en la práctica los permisos de hombres y mujeres. 

No pasaron ni seis meses que el TSJC fallaba en signo contrario y sí reconocía el derecho al permiso de paternidad de los trabajadores que hubieran perdido a su hijo antes del parto. Los magistrados entonces consideraron que negarle el permiso al padre y no a la madre "impide considerar que un derecho conciliatorio sea reconocido a una mujer frente al varón, en idéntica situación".

El TSJC se reafirma

En el caso de Ricard y su esposa, el TSJC se reafirma en dicha sentencia y considera que “no puede concluirse sobre justificación objetiva y razonable que excluya tal equiparación para el padre”, según el recién publicado fallo al que ha tenido acceso este medio. Parte de su argumentario pivota sobre el hecho de que, inicialmente cuando los permisos eran más cortos, estos estaban pensados para la recuperación física tras el parto y el cuidado de las criaturas. Pero que, al alargarse, trascienden esos cometidos y pasan a cubrir la necesidad de cuidados de todas las personas del núcleo familiar. Aquí el TSJC incide especialmente en “la ausencia de justificación objetiva del diferente trato normativo en el supuesto de fallecimiento fetal”.

Y si bien los magistrados del TSJC hacen una defensa clara del derecho de Ricard a acceder al mismo tiempo de permiso remunerado que su pareja, no obligan al Instituto Nacional de la Seguridad Social a concederle las 12 semanas no ejercidas para ello. Ante dicho "error" judicial, este trabajador ya está en vías de recurrir al Tribunal Supremo, si bien este proceso puede demorarse años hasta tener sentencia en firme. 

Preguntado sobre si en algún momento se ha planteado renunciar a la vía legal –con su estrés, demoras y costes de abogados asociados- para que se le reconozca el equivalente a esas 12 semanas de permiso, Ricard es tajante. “No, la sensación de desprotección es total, pero no pienso renunciar a lo que es mío. Por mí y por los que puedan venir detrás”, insiste.

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