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Justo Gil Sanchez

Haciendo Generalitat

La nueva ley del Síndic de Greuges.

Siempre es bueno parar y reflexionar, para dar impulso vital. Con un silencio clamoroso ha sido aprobada la nueva Ley del Síndic de Greuges valenciano. ¿Hay temor en el poder público por la labor fiscalizadora que está llamada a desempeñar, aún más, de forma nítida? Era publicada el pasado 31 de marzo y ha entrado en vigor el pasado viernes, 30 de abril. Se deroga la Ley de 1988, que constituyó el primer aldabonazo normativo, con Arturo Lizón a la cabeza de la institución. Es difícil diseccionar la ley en un articulo de opinión. Pero es importante resaltar que este alto comisionado de las Corts Valencianes defiende los derechos y libertades del Titulo I de la Constitución, el Titulo II del Estatuto de Autonomia, los instrumentos internacionales en materia dogmática y la Carta social de la Comunitat valenciana. Para ello, claro está, tiene que fiscalizar a la administración autonómica y local.

Es cierto que con la aprobación de esta ley se refuerza, aún más, un pilar del Estado social y democrático de Derecho, a la par que el autogobierno y el conjunto institucional que denominamos Generalitat. Siendo una magistratura de persuasión, da un paso más en la exigencia al poder público de respetar y cumplir los postulados insertos en la ley (colaborar, responder, cooperar, etcétera son palabras que aglutinan la norma). Ante una actitud omisiva y/o renuente –aparte de reseñarle en los informes anuales- se va a exigir responsabilidad, porque, entre otras obligaciones, se halla la del deber de «colaborar» con la institución autonómica. Al punto tal que, si observa indicios racionales de la presunta comisión de un ilícito penal, dará cuenta al Ministerio Fiscal, para que promueva la acción de la justicia, como señala el art. 124 de la Constitución.

Llama la atención la duración del mandato del Sindic que se establece en 7 años, sin reelección. Los grupos parlamentarios –al menos dos- elevarán propuesta de candidato/a, debiendo de comparecer a la Comisión parlamentaria de relaciones con el Síndic, emitiendo un dictamen con la propuesta definitiva que se elevará al pleno de Les Corts, quien aprobará dicha candidatura con una mayoría de 3/5. En consecuencia, hay un claro desligamiento con la asamblea legislativa que le haya apoyado, teniendo total libertad para desempeñar tan importante función.

Es novedosa la aplicación del «principio de paridad» en el desempeño de las adjuntías (dos: adjunto y adjunta), siendo propuestos por el/la titular de la institución, pero aprobada por mayoría, también de 3/5, de los miembros pertenecientes a la comisión de relaciones con el Síndic.

Es muy importante la promoción, la difusión y divulgación de sus actividades. Siempre he recordado que a una institución se la quiere y se la respeta, aún mucho más, cuando se la conoce, cuando se está cercana a ella. De ahí la necesidad –aparte todo el aparato electrónico-informático que debe ser consustancial- de recorrer las comarcas de nuestra Comunitat y «envolverse con la ciudadania», y con las instituciones locales. Aparte de ser ejercida la titularidad de la institución por una persona con seriedad, con experiencia y con extraordinaria solvencia, como la ejerce actualmente el señor Luna. Chapeau.

La institución deberá de colaborar –aparte con los IES, y centros escolares- también con los “departamentos universitarios” valencianos que promueven el conocimiento de los derechos y libertades. Nuestros universitarios deben conocer a la institución autonómica. Decía Simone de Beuavoir que la “ignorancia es aquella situación que encierra al hombre tan herméticamente como una cárcel”. De ahí – señaló- la necesidad de desbrozar los barrotes de lo ignoto para llegar al conocimiento, a la luz, a la claridad. Y así, todos contribuimos haciendo autogobierno.

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