La DGT lo aclara: la diferencia entre aparcar y acampar tu autocaravana o camper
La DGT despeja las dudas y establece las reglas claras para aparcar y acampar en autocaravanas, ¡conoce todos los detalles para viajar sin preocupaciones!
El verano es sinónimo de aventuras y para muchos españoles, eso significa embarcarse en un viaje en autocaravana. Una opción económica y emocionante para disfrutar de las vacaciones, pero que a menudo viene acompañada de cierta confusión en cuanto a las regulaciones. Específicamente, la pregunta recurrente ha sido: ¿Cuál es la diferencia entre aparcar y acampar? ¡Pero no temas más! La Dirección General de Tráfico (DGT) ha tomado cartas en el asunto y ha aclarado este enigma.
Hasta hace poco, la ley establecía que las autocaravanas tenían los mismos derechos y limitaciones que cualquier otro vehículo al estacionar. Sin embargo, la falta de una regulación clara entre aparcar y acampar había generado confusión, resultando en sanciones para los propietarios de autocaravanas que estacionaban, debido a que se consideraban vehículos habitables y se interpretaba que el simple acto de estacionar también implicaba acampar.
¿Aparcar o acampar? La DGT zanja la polémica sobre las autocaravanas
Pero ahora, la DGT ha arrojado luz sobre esta incógnita: aparcar no es lo mismo que acampar. Gracias a la recién publicada Instrucción PROT 2023/14, se establecen las pautas para distinguir entre ambas prácticas. Según esta instrucción, se considera que no se está acampando con una camper o autocaravana si se cumplen los siguientes requisitos:
- El vehículo, con el motor apagado, solo está en contacto con el suelo a través de las ruedas, sin utilizar ningún otro artículo adicional, como calzos.
- El vehículo no ocupa más superficie que cuando está cerrado, excluyendo el uso de elementos desplegables, como toldos, sillas o mesas.
- El vehículo no emite ningún tipo de fluido o ruido hacia el exterior.
Con estas nuevas pautas, se pone fin a la incertidumbre y la controversia sobre si estacionar una autocaravana resultará en una multa. Ahora, podemos disfrutar de nuestras vacaciones con total tranquilidad, siempre y cuando cumplamos con las normas establecidas. ¡Prepárate para disfrutar de la libertad de la carretera y vivir grandes aventuras en tu autocaravana sin preocupaciones!
Recuerda, la DGT ha aclarado las diferencias y ha puesto fin a la confusión. Ahora, conoce tus derechos y disfruta al máximo de tu experiencia en autocaravana. ¡No dejes que las normas te limiten y prepárate para vivir grandes momentos en la carretera con tu camper!
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