La DGT te vigila: colocar la cinta de la Virgen del Pilar en el coche podría costarte caro

¿Llevas la cinta de la Virgen del Pilar en el coche? ¡Cuidado! La DGT podría multarte con hasta 200 euros si la colocas en ciertos lugares

Mercedes Alfaro Rueda

Mercedes Alfaro Rueda

Hay ciertas regulaciones de la Dirección General de Tráfico (DGT) que muchos conductores pueden pasar por alto, pero la ignorancia de las normas no exime de su cumplimiento. Si eres de los que lleva una cinta de la Virgen del Pilar en el coche, debes tener especial cuidado con su ubicación, ya que podría resultar en una multa de hasta 200 euros.

El Reglamento General de Circulación, en su artículo 19, establece que "la superficie acristalada del vehículo debe permitir la visibilidad diáfana del conductor, sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. Solo se permite circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias".

En base a esta regulación, colgar la cinta de la Virgen del Pilar del retrovisor, así como cualquier otro objeto como un ambientador o un peluche, se considera una infracción de tráfico. Aunque el Reglamento General de Circulación no lo mencione explícitamente, si la Guardia Civil de Tráfico te detiene y considera que alguno de estos objetos afecta tu visibilidad como conductor, podrías ser multado.

Actualización de las multas y sanciones de la DGT

Con el objetivo de mejorar la circulación y aumentar la seguridad vial en las carreteras españolas, la DGT ha realizado cambios en la Ley de Tráfico, introduciendo nuevas multas y endureciendo algunas sanciones existentes.

Multas leves - 100 euros:

  • Incumplimiento de normas de seguridad vial por parte de ciclistas que no sean consideradas graves o muy graves.
  • No mantener el control del vehículo en todo momento, como exige la normativa.

Multas graves - 200 euros:

  • Estacionar o detenerse en carriles o vías para ciclistas.
  • Utilizar el teléfono móvil por parte de motoristas o ciclistas, ajustándolo entre el casco y la cabeza o sujetándolo con una mano.
  • Llevar detectores de radares en el vehículo, incluso si no se están utilizando.
  • Conducir con el permiso suspendido.

Multas muy graves - 600 euros:

  • Uso de dispositivos de intercomunicación no autorizados en exámenes para obtener el carnet de conducir o recuperar puntos.
  • Incumplimiento de normas sobre auxilio en las vías públicas y uso de alcoholímetros antiarranque.
  • Arrojar objetos a la vía que puedan provocar accidentes o incendios.

Por último, es importante recordar que hay tres documentos obligatorios que se deben llevar en el vehículo: el permiso de circulación, el carnet de conducir y la tarjeta de la ITV. El carnet de conducir puede llevarse tanto en formato físico como en formato digital a través de la aplicación miDGT.