Información

Información

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Penas de 36 años a la red de narcos que aplicó descargas eléctricas a un secuestrado

El fallo sólo culpa a un procesado de las lesiones que sufrió la víctima

Penas de 36 años a la red de narcos que aplicó descargas eléctricas a un secuestrado

La Audiencia ha condenado a penas que suman 36 años a seis miembros de una red de narcos que secuestró y torturó a un hombre en noviembre de 2011 en la zona del cementerio de Alicante por una deuda de drogas. Otros seis acusados más de colaborar en labores de venta de droga y de blanquear las ganancias al menudeo han sido absueltos por falta de pruebas.

Como autores materiales del secuestro, el fallo condena a tres personas: doce años al presunto cabecilla del grupo, Isidoro H. C. y a quien se considera único autor de las lesiones sufridas por el secuestrado; ochos a su esposa, Mari Carmen F. F.; y ocho años a Isaac G. L., como la persona que se encargó de vigilar a la víctima durante su cautiverio. A los otros tres condenados se les imponen penas que suman seis años de cárcel por tráfico de drogas. En los distintos registros efectuados durante la operación se hallaron cerca de un kilo de cocaína, un total de 250.000 euros escondidos en un zulo en el interior de un armario, así como una pistola propiedad de Isidoro.

El fallo considera probado que los acusados acusaban a la víctima del robo de una cantidad indeterminada de cocaína y de dinero procedente de la venta de drogas y le tuvieron encerrado once días, en los que fue sometido a golpes con un bate de béisbol, cortes con un cuchillo incandescente, puñetazos y descargas eléctricas en distintas partes del cuerpo.

La víctima, Rafael T. G., estaba acusada de pertenecer a la misma red de narcos que el resto, pero no se presentó al juicio y está declarada en rebeldía. Durante la vista, se leyeron sus declaraciones en la Comisaría y en el juzgado, en las que relató su cautiverio, ante la protesta de las defensas que argumentaban que no tenían validez, ya que éste las hizo en calidad de imputado y, por tanto, no tenía la obligación de decir la verdad. La sala argumenta que las declaraciones de éste eran una prueba y que se han visto confirmadas por otras, como las escuchas telefónicas, las lesiones de la víctima e incluso un vídeo grabado con un móvil en el cautiverio.

Las defensas incidieron en el hecho de que el secuestrado se encontraba en la calle cuando llegó la Policía a liberarle poniendo en duda que estuviera retenido contra su voluntad. Los jueces contestan que la situación del secuestrado «le impedía desplazarse», añadiendo que los hechos ocurren en el barrio del cementerio de Alicante «un punto negro de venta de drogas, donde todos se conocen». En este sentido, la sentencia recalca que, cuando llegan los agentes, dos menores están vigilando a Rafael y huyen al detectar la presencia policial. A ello, se une la situación física de la víctima que recuerdan los jueces que según los policías y los forenses «era un estado lamentable que le impedía la deambulación». «Los acusados podían disponer de él con la adopción de unas mínimas medidas de vigilancia», recalcan lo jueces, por lo que no era necesario tenerlo aislado para poder disponer de su personas. El fallo incide en que el intercambio de mensajes entre los tres acusados avala que lo tenían encerrado.

Lo último en INF+

Compartir el artículo

stats