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Torrevieja deja en papel mojado la aplicación de la ley de Gran Ciudad

La norma sí se ha utilizado desde 2006 para nombrar cargos a dedo o rebajar competencias a los funcionarios

Torrevieja accedió a la condición de gran ciudad al superar los 75.000 habitantes en 2006. Loino

Torrevieja ha dejado en papel mojado las posibilidades que le brinda la ley que la integraba en el escogido grupo de municipios de gran población en España. Un texto que, sobre todo, glosa las bondades de la participación ciudadana en la gestión de los asuntos públicos y exige dotar al municipio de distintos instrumentos para que ese objetivo sea una realidad. Siete años después de que estrenara su condición de gran municipio -el 14 de julio de 2006-, en el caso de Torrevieja, solo ha servido para rebajar competencias a los funcionarios de mayor rango, reforzar el poder de los cargos públicos en el equipo de gobierno a través de la junta de gobierno, vaciando de contenido los plenos, nombrar a dedo «directores generales» de departamentos, con nóminas anuales de más de 50.000 euros, o elegir concejales no electos -figura derogada ahora por los tribunales-.

La ley debía responder a «la exigencia» de un «debate político abierto y creativo» sobre «las principales políticas de la ciudad». También incidía «en la profundización en el control de la acción (de un gobierno local) reforzado, lo que implica que el pleno desarrolle sus potencialidades deliberantes y fiscalizadoras». Un0 de los incumplimientos más evidentes de las disposiciones de la normativa es la ausencia de un reglamento del pleno específico para configurar estas sesiones «como un verdadero órgano de debate de las grandes políticas que afectan al municipio y de adopción de decisiones estratégicas».

La ley, a la que Torrevieja accedió tras superar los 75.000 vecinos y con un acuerdo de las Cortes Valencianas, aseguraba que en seis meses, es decir, a principios de 2007, debían estar vigentes algunas de esas herramientas de participación. Una de las más importantes era la división del término municipal en distritos. Distritos que se gestionarían con órganos «desconcentrados» para los que se establecería incluso el porcentaje de los presupuestos que debería asignarse a cada barrio o zona del término municipal, según sus necesidades. Tampoco se ha puesto en marcha la Comisión de Sugerencias y Reclamaciones concebida como una entidad para la defensa de los derechos de los vecinos «con la participación de todos los grupos políticos».

Además el Ayuntamiento podría contar desde hace años con una norma específica para regular el funcionamiento y el debate plenario lo que evitaría buena parte de las broncas actuales a cuenta de las competencias que se deben asumir o no en esas sesiones. Por ejemplo, un reglamento específico podría regular la comparecencia de concejales para explicar decisiones de la gestión municipal o mociones de reprobación por actuaciones de cargos públicos, algo que ahora rechaza el equipo de gobierno del Partido Popular porque no aparece en el Reglamento Orgánico, que además en el caso del Ayuntamiento no se ha actualizado a los cambios legislativos de los últimos años.

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