Condenan a la exedil socialista de Torrevieja África Celdrán a tres años y medio de inhabilitación por firmar un contrato sin el aval de los técnicos

La exconcejala del PSOE de Torrevieja, que dimitió en 2017 por la denuncia del PP, firmó un acuerdo para editar programas de Fiestas al margen del Ayuntamiento

La exconcejala África Celdrán cuando acudió a declarar

La exconcejala África Celdrán cuando acudió a declarar / Tony Sevilla

D. Pamies

D. Pamies

La Sección Undécima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, ha condenado a tres años y seis meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público por un delito de prevaricación, a la exconcejala de Festejos del Ayuntamiento de Torrevieja, África Celdrán. El fallo llega casi ocho años después de que se presentara la denuncia por el PP torrevejense. 

Acuerdo

La sentencia, dictada tras un acuerdo de conformidad alcanzado por las acusaciones y la defensa de la acusada, ha sido declarada firme por el tribunal, después de que las partes expresaran su decisión de no recurrirla.

Ese acuerdo ha permitido la exconcejala eludir el juicio. Lo que implica haberse confesado autora del delito imputado en la calificación conjunta de ministerio fiscal, acusación particular y defensa, además de abonar todas las costas del proceso, incluida la de la acusación particular. 

Hechos probados

Los hechos declarados probados se remontan al 13 de agosto de 2015, cuando la entonces edil de Festejos de la corporación torrevejense suscribió, «careciendo de facultades para ello», un contrato para la edición de los programas de las Fiestas de la Purísima y para la Feria de Mayo con la editorial MIC. 

La acusada prescindió en esta decisión «de las normas reguladoras del Procedimiento de Contratación de Servicios por parte de las Administraciones Públicas, fijadas en la Ley de Contratos del Sector Público», precisa el Tribunal.  

La concejala de Fiestas durante un pleno del Ayuntamiento en el mandato 2015-2019

La concejala de Fiestas durante un pleno del Ayuntamiento en el mandato 2015-2019

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La sentencia estima que no había ni un solo procedimiento o expediente administrativo registrado en el Ayuntamiento de Torrevieja que avalara la decisión de la entonces responsable de Fiestas, que consideró beneficioso el acuerdo para el municipio porque no le costaba dinero. «El contrato tendría un coste cero para el Ayuntamiento, que además percibiría 2.000 euros de la editorial», añade a continuación el tribunal que reproduce los hechos que figuran en una calificación jurídica conjunta presentada por la Fiscalía, la acusación particular y la defensa. 

Dilaciones indebidas

La sala aplica en la sentencia la atenuante de dilaciones indebidas como «muy cualificada», tal y como se contemplaba en la citada calificación conjunta. Entre la misma y la denuncia presentada por el Partido Popular han transcurrido siete años. La edil aseguró públicamente hace ocho años que había actuado de buena fe para realizar un servicio al municipio que no iba tener coste alguno para las arcas municipales y que «ignoraba» que necesitaba un procedimiento administrativo. 

Fue el Partido Popular, en la oposición en aquel momento, el que denunció los hechos tras desvelar INFORMACIÓN las irregularidades en el procedimiento de contratación. La actuación de la entonces edil fue muy cuestionada por sus propios compañeros de gobierno de izquierdas encabezado por José Manuel Dolón. Partidos que exigieron su renuncia, como así ocurrió, sin esperar al decreto de apertura de juicio oral. Dimitió en febrero de 2017, horas después de que la Fiscalía solicitara 11 años de inhabilitación por los hechos en su escrito de acusación y la apertura de juicio oral.

Sin recorrido informativo

Además del PP como denunciante que durante todos estos años no ha llegado a informar sobre el resultado de su acción judicial en el procedimiento aparece la empresa editora como perjudicada. Hasta el punto que el procedimiento ha pasado desapercibido hasta que la sentencia ha sido difundida por la propia sala, desde el momento en el que la concejala asumió su responsabilidad con la dimisión.

El fallo solo recoge los términos del acuerdo que ha evitado el juicio. La exconcejala habría asumido la condena como mal menor no solo para no exponerse a la posibilidad de asumir más años de inhabilitación - dado que la Fiscalía solicitaba 11- también porque la denuncia en origen también apuntaba a un delito de fraude y exacciones ilegales que implican penas más graves.