El TSJ tumba la peatonalización de Alcoy

El fallo establece que no se informó de forma adecuada del plan a los ciudadanos y anula la ordenanza que lo regula, aunque la sentencia no es firme y el Ayuntamiento puede recurrirla

Un policía local dando el alto a un vehículo en la calle Sant Llorenç, principal vía objeto de peatonalización en el centro de Alcoy.

Un policía local dando el alto a un vehículo en la calle Sant Llorenç, principal vía objeto de peatonalización en el centro de Alcoy. / Juani Ruz

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana ha tumbado en primera instancia la peatonalización del centro histórico de Alcoy puesta en marcha en marzo de 2021. En una sentencia fechada el pasado el 31 de julio y notificada a las partes este mismo viernes, los magistrados anulan el acuerdo plenario por el que se aprobó este plan, así como la ordenanza que regula su ámbito de alcance, las autorizaciones para entrar en la zona acotada, su régimen sancionador y demás aspectos de esta regulación. Además, le impone 4.000 euros en concepto de costas.

En el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, el tribunal entiende que no se informó debidamente a los ciudadanos acerca del plan de peatonalización. Sí se difundió a través de la página web municipal un borrador de la ordenanza y su ámbito de actuación, pero el Ayuntamiento "no puso a disposición de los ciudadanos ningún informe técnico ni memoria justificativos del contenido". Los magistrados también tachan de "sorprendente" que en la leyenda del plano mostrado al público "se indique que forma parte de un estudio de peatonalización realizado o encargado por el Ayuntamiento en el año 2020 y. sin embargo, éste no pusiera a disposición de los ciudadanos en la consulta previa tal estudio de peatonalización".

Para el tribunal, esto último resulta "de transcendental importancia a efectos de justificar el ámbito, vías y zonas incluidas en la zona peatonal objeto de ampliación por la ordenanza". Asimismo, entre otros aspectos, la sentencia critica que, si bien el Ayuntamiento informó en su exposición pública de que la ordenanza respondía "al panorama actual de movilidad en nuestra ciudad", esto no se justificaba de ninguna manera a través de informes técnicos o memorias, como hubiera sido preceptivo.

Por ello, los magistrados anulan la ordenanza de la peatonalización del centro de Alcoy, además de condenar al Ayuntamiento a los citados 4.000 euros en costas. La sentencia, no obstante, no es firme y contra ella cabe recurso. De esa forma, es posible que la ordenanza se continúe aplicando en tanto que no haya un fallo definitivo. Este y otros pormenores se conocerán previsiblemente a lo largo de este viernes.

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