El agua que llegue desde Cullera a la provincia por el trasvase Júcar-Vinalopó deberá servirá para regar y para beber. Una sentencia de la magistrada Lourdes Sanz, titular de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, hecha pública ayer, avala el objetivo primitivo del trasvase cuando éste arrancaba en Cortes de Pallás, pero, al mismo tiempo, también da la razón al Ministerio de Medio Ambiente cuando el 20 de junio de 2007 decidía de forma unilateral cambiar el trazado para trasladar la toma del agua al Azud de la Marquesa.

El fallo de la magistrada, curiosamente la misma que en su día rechazó un recurso de Castilla-La Mancha contra el trazado Cortes de Pallás-Villena, desestima el recurso que había presentado la Junta Central de Usuarios del Trasvase Júcar-Vinalopó contra el cambio aprobado por el Ministerio. En la sentencia facilitada a las partes, a la que ayer tuvo acceso este periódico, queda claro que el proyecto ejecutado por Aguas del Júcar cumple estrictamente con la ley, pero advierte de que la función del caudal trasvasado deberá ser la que se estableció en el plan hidrológico de la cuenca del Júcar. Es decir, según recoge el fallo "se fija en 80 hm3 el volumen máximo anual que pueda destinarse actualmente a paliar la sobreexplotación y déficit de abastecimiento del área del Vinalopó-l´Alacantí y Marina Baja", con aguas sobrantes, una vez satisfechas las necesidades preferentes. Por otro lado, la sentencia deja claro que deben participar en la financiación de los costes, tanto los agricultores que consuman agua del trasvase a través de las tarifas de suministro, como las entidades con derecho sobre el agua y los usuarios que continúen extrayendo agua de los acuíferos.

El fallo señala, por otro lado, respecto al caudal ecológico, que el proyecto no afectará al régimen hídrico del río Júcar y de las zonas húmedas ligadas a éste, puesto que sólo serán trasvasables los sobrantes que resulten de la diferencia entre el caudal circulante en el Azud de la Marquesa y el caudal ecológico necesario para el mantenimiento del río, fijado en 600 litros por segundo, de acuerdo con el Plan Hidrológico del Júcar.

El presidente de la Junta Central de Usuarios del Trasvase Júcar-Vinalopó, Andrés Martínez, recibió la sentencia con cierto sabor agridulce. "La verdad es que nosotros consideramos que el trazado original era el más acertado, pero no vamos a recurrir el fallo de la magistrada, porque el escenario ha cambiado. Además, la sentencia también garantiza que el agua sirva para regar y beber, lo que siempre ha sido nuestro objetivo, porque así se cumplirá el objeto de esta actuación, recuperar los acuíferos".

La sentencia llega, por otra parte, cuando el grado de ejecución del Trasvase Júcar-Vinalopó alcanza el 90% -trazado Cullera-Villena- y Aguas del Júcar ha iniciado ya las primeras pruebas. Falta, sin embargo, decidir en qué lugar del cauce se colocará la potabilizadora necesaria para que el agua del Azud de la Marquesa tenga calidad para que pueda utilizarse en riego y abastecimiento como ordena la sentencia de la Audiencia Nacional. La infraestructura es un compromiso del propio secretario de Estado de Medio Rural y Marino, Josep Puxeu, pero falta por concretar la partida presupuestaria para financiar una obra que no bajará de los 30 millones de euros y que, hoy por hoy, no figura en ningún documento.