La Conselleria de Vivienda ha puesto en marcha las ayudas directas al pago de alquiler para aquellas personas que se encuentren en situación de emergencia habitacional, según publica el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana. En la orden que regula las bases se especifica que la concesión directa de estas ayudas al alquiler se realizará por razones de carácter público, social y humanitario a personas que se encuentren en situación de emergencia habitacional y, para ello, será necesario un informe de los Servicios Sociales de sus respectivos ayuntamientos.

La Generalitat publica por primera vez estas ayudas de carácter directo y no por concurrencia competitiva, para atender a aquellas situaciones especiales de emergencia habitacional, a fin de posibilitar el acceso a la vivienda, o en su caso, evitar su pérdida, tal y como marca el reconocimiento al derecho subjetivo de la vivienda, regulado en la Ley por la Función Social de la Vivienda de la Comunitat.

La cuantía de la ayuda no es un porcentaje fijo sino que se calculará en base a los ingresos que perciban las personas afectadas y el importe que paguen de la renta de alquiler, de forma que el solicitante no tenga que pagar de alquiler un importe que le suponga un esfuerzo superior al 25% de sus ingresos. El límite máximo de ayuda a conceder será del 80% de la renta de alquiler y se han fijado importes máximos distribuidos en diversas zonas de la Comunitat.

Las ayudas se tramitarán a través de los ayuntamientos, servicios sociales, así como las mancomunidades, ONG u otras asociaciones representativas que desempeñen una función social en materia de vivienda, por entender que son los organismos más cercanos a la ciudadanía, los que conocen de primera mano las necesidades habitacionales de sus vecinos con problemáticas de acceso a la vivienda o riesgo de pérdida de la misma por falta de pago.