Las sanciones por infracciones leves -falta de limpieza del local o falta de carteles indicativos del teléfono, titular...- puede ponerlas el Ayuntamiento y van desde un apercibimiento a 600 euros de multa. Sin embargo, las graves y muy graves son competencia de la Generalitat. Las primeras -falta de licencia, de incumplimiento de medidas, horarios o suministro de alcohol a menores- acarrearían una sanción económica de 601 a 30.000 euros, o la clausura del local o la suspensión de actividad. Las muy graves, también podrían suponer el cierre o inhabilitación durante unos años. Y en lo que se refiere a la multa podría ser de 30.001 a 60.000 euros, según la ley 14/2010 de 3 de diciembre de la Generalitat que regula espectáculos o establecimientos públicos y actividades de ocio.
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