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Renta 2015

¿Qué gastos se puede deducir un autónomo?

Repasamos las partidas que están sujetas a desgravaciones en la declaración de la renta de estos trabajadores

¿Qué gastos se puede deducir un autónomo?GettyImages

La declaración de la renta es siempre un apartado especialmente importante para los trabajadores autónomos, obligados a consignar numerosas partidas y actividades y a aportar documentos que justifiquen sus deducciones. ¿Cuáles son las desgravaciones a las que tienen derecho estos trabajadores y los gastos que pueden deducirse?

-Seguridad Social: cuando los pagos al régimen de cotización sean a cargo de la compañía, éstos podrán ser deducibles. Si existen aportaciones del trabajador autónomo a entidades o mutualidades de previsión social, se podrá deducir la mitad de las mismas en casos de baja por contingencias comunes.

-Sueldos y salarios: los pagos del empresario autónomo a sus trabajadores en conceptos de sueldos, salarios, dietas, gastos de viaje y retribuciones en especie también entran en la declaración como conceptos sujetos a deducción.

-Alquileres: los gastos que hacen referencia a las cuotas de arrendamiento del local en el que se desarrolla la actividad económica, así como el mantenimiento de las instalaciones. No así los gastos de ampliación o mejora de las mismas.

-Servicios exteriores: en este apartado, el autónomo o podrá desgravar en su declaración conceptos como las contrataciones que haya hecho de abogados, notarios, asesores, auditores e intermediarios.

-Formación: el autónomo puede deducirse gastos como seguros de salud, indemnizaciones contribuciones a planes de pensiones y aportaciones a mutuas y entidades de previsión social voluntaria.

-Impuestos: las desgravaciones incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) en servicios necesarios para la actividad del autónomo, como gastos en gasolina y comidas en restaurantes con la pertinente justificación.

-Consumo y explotación: aquí entran los gastos de apartados como relaciones públicas, publicidad, servicios bancarios, agua y telefonía, electricidad, primas de seguros y otros gastos de oficina.

-Transporte: todos los gastos relativos a la movilidad del trabajador autónomo (peajes, gasolina, billetes, etc), también están sujetos a deducción siempre y cuando hagan referencia a la actividad económica desarrollada.

-Vivienda: Este es un concepto fundamental para muchos trabajadores autónomos. Si la actividad se realiza en la propia vivienda de éste, se podrá deducir la parte proporcional relativa a gastos de comunidad, amortización del inmueble, intereses de la hipoteca, seguros del hogar, el IBI (Impuestos de Bienes e Inmuebles) y compras de material.

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