En  Bufete Caballero, cumpliendo con todos los protocolos establecidos en prevención del covid-19, siguen apostando por la relación interpersonal  -ya sea presencial o telemáticamente-, para analizar y abordar  la cuestión jurídica que afecta a sus clientes, ofrecer la solución que resulte más beneficiosa y, en la medida de lo posible, evitar contiendas  negociando soluciones alternativas, mediante la mediación, acuerdos y convenios.

Así mismo, como herramienta que se hace actualmente imprescindible para las mercantiles, profesionales y autónomos, el despacho ofrece el servicio de Compliance, instrumento que nació en su momento para combatir la comisión de delitos en el  seno  de las entidades, pero que ha ido incorporándose con el tiempo a otros ámbitos como el administrativo, laboral o de competencia, etc.

Una herramienta imprescindible

«En la actualidad, este mecanismo de Compliance  se hace más necesario como consecuencia de la llegada de innumerables ayudas y fondos al Estado Español por exigencias del Reglamento UE 241/2021, al incluirse, entre los requisitos para acceder a los fondos europeos, que las empresas cuenten con un plan de cumplimiento que garantice que se han adoptado las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

La exigencia legal de contar con planes anticorrupción ha sido incorporada en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR); norma que está destinada a combatir el fraude y la corrupción en la aplicación de los fondos. Pero, como es normal, el control de esos fondos y de esa actuación de las Administraciones Públicas no sería eficaz ni real sin el control e identificación de los beneficiarios últimos de las ayudas, los contratistas y los subcontratistas (los particulares), imponiendo la propia Orden Ministerial la obligatoriedad de los sistemas de control anticorrupción a los terceros y entidades privadas (sociedades o autónomos) que se relacionen con la Administración en este ámbito», explican desde el despacho.

Como decíamos, en Bufete Caballero ofrecen la indicada herramienta de Compliance  que, desde su inicio, se hace absolutamente imprescindible para las personas jurídicas, instaurando un adecuado sistema de defensa corporativa para, entre otros fines como los antes comentados, poder eximir o atenuar la responsabilidad penal (y sus consecuencias) tanto de la compañía como de sus órganos directivos y de gobierno en el supuesto de comisión de los delitos expresamente previstos en el código penal, o bien de una actuación que denote una falta de control sobe la compañía.

«Con ello ayudamos al mantenimiento y mejora de la actividad empresarial, junto con toda la variedad de servicios jurídicos que Bufete Caballero viene prestando desde hace 75 años  y que son señas de identidad del despacho y de los profesionales que lo conforman», concluyen desde Bufete Caballero.

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