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La juez archiva la querella contra Diego Maciá por una permuta en Candalix de su familia política

La acusación apuntaba al exalcalde por tráfico de influencias pero la magistrada afirma que no hay datos suficientes que acrediten «la perpetración» de los supuestos delitos

El exalcalde de Elche, cuando acudió a declarar en 2012. diego fotógrafos

La magistrada del Juzgado de Instrucción Número 1 de Elche ha sobreseído en un auto fechado el pasado lunes una querella contra el exalcalde de Elche, Diego Maciá, en relación a una permuta de terrenos en Candalix por la que según el querellante se habían visto beneficiados algunos de sus familiares políticos. En el auto, contra el que cabe recurso, la jueza afirma que «no resulta debidamente justificada la perpetración del delito» y que «no existen datos suficientes derivados de la instrucción» que aconsejen seguir adelante con el procedimiento, llegando a afirmar también que los hechos estarían «más que prescritos».

En concreto, la querella (presentada por el arquitecto Juan Antonio Alberdi Garrido en mayo de 2007), planteaba los supuestos delitos de tráfico de influencias, infidelidad en la custodia de documentos y negociación prohibida a los funcionarios, a raíz de la aprobación en 2003 de una permuta de terrenos particulares de la familia política del ex alcalde en la calle Candalix, que se cambiaron por terrenos de propiedad municipal en el sector E-3 del Plan General de Ordenación Urbana. Esos terrenos que obtuvieron con la permuta, según la querella, habrían triplicado su valor al permitir un aprovechamiento urbanístico que los de la calle Candalix no tenían. Por ello, también se acusaba de haberse prevalido de la relación familiar para beneficiar a otras cinco personas, entre las que estaba la suegra del entonces alcalde, que poseía una décima parte de uno de los bienes permutados. La querella también se dirigía contra el ex edil de Urbanismo, Emilio Martínez, de quien dice la jueza que no tiene ninguna relación porque no participó en la tramitación de los expedientes, dado que fue nombrado edil de Urbanismo después, en junio de 2003.

La magistrada descarta el delito de tráfico de influencias tras escuchar la declaración de los imputados y de tres funcionarios y técnicos del Ayuntamiento, que manifestaron que nunca se habían visto obligados a realizar una valoración en contra de su voluntad ni habían recibido instrucciones de ningún político sobre valoración de terrenos. Así, la jueza plantea en su auto que el delito de tráfico de influencias requeriría que se hubiera ejercido presión sobre un funcionario influyéndole para que emitiera una resolución beneficiosa económicamente para alguien, pero que «no ha quedado acreditado ningún intento de influencia por parte del anterior alcalde sobre los funcionarios».

En este sentido, «no se ha determinado que el alcalde del Ayuntamiento, en su condición de autoridad, influyese en los demás concejales para obtener los acuerdos adoptados ni en los técnicos que emitieron los correspondientes informes». Se añade que Diego Maciá se ausentó en la comisión de Urbanismo o en las juntas en las que se dio luz verde a los trámites para la permuta, y en una en la que sí asistió su voto no tenía incidencia porque la cuestión se aprobó por unanimidad.

La magistrada descarta que los hechos sean constitutivos de delitos de abuso en el ejercicio de la función pública o de malversación de caudales públicos (elemento introducido por la acusación popular en un escrito de junio de 2013). En el mismo sentido descarta los delitos de fraude y exacción ilegal al entender que «no se desprenden indicios de que haya existido un concierto previo (?) con el ánimo tendente a defraudar al ente público».

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