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Condena ejemplar tras incluir a un villenense en dos registros de morosos por una deuda ya pagada de 238€

La Audiencia de Alicante obliga a una empresa de recobros a indemnizar al perjudicado con 12.000€ por vulnerar su derecho al honor

Audiencia Provincial de Alicante. Jose Navarro

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado una sentencia ejemplarizante contra una empresa de recobro de deudas y activos inmobiliarios que incluyó en dos registros de morosos, durante 21 meses, a un autónomo de Villena que, sin embargo, ya había cancelado con anterioridad la deuda de 238 euros que le exigía la entidad bancaria por un préstamo solicitado.

Los magistrados han ratificado el fallo emitido por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 3 de Villena, y han condenado a la compañía a indemnizarle con 12.000 euros más los intereses legales desde que se interpuso la demanda y las costas contraídas, tanto en primera instancia como en apelación, lo que suma una cantidad global de 18.000 euros.

La resolución abre una nueva vía en este tipo de casos por la elevada cuantía indemnizatoria que el tribunal le impone al fondo buitre que compró el crédito al banco español con el que el demandante había contraído el préstamo.

Lo habitual en este tipo de situaciones, donde las víctimas son personas físicas, es que las indemnizaciones sean siempre inferiores a los 6.000 euros. Sin embargo la sentencia considera “adecuada y proporcional” la cuantía impuesta por "la situación de intranquilidad, impotencia, molestias y desasosiego” que esta situación le ocasionó al demandante. Una corriente de jurisprudencia abierta por el Tribunal Supremo con la que se busca proteger el derecho al honor a través de indemnizaciones ejemplarizantes por el daño moral ocasionado.

De hecho, el vecino de Villena solo conoció la situación en la que se encontraba cuando pidió un préstamo de 5.000 euros en otra entidad bancaria y se lo denegaron por aparecer en un listado de morosos. Un fichero que, según explica su abogado José Antonio Azorín Molina, fue consultado por varias entidades financieras y también por la compañía con la que quiso contraer un seguro.

Pero la sentencia también es especialmente singular porque la entidad condenada, que tiene su sede social en el extranjero y se dedica a comprar créditos a los bancos de clientes que no pueden pagar y tienen deudas, no ha abonado al afectado los 12.000 euros de indemnización dentro del plazo legal establecido para ello. O sea, la compañía que se dedica a perseguir a los morosos para saldar sus deudas con los bancos parece haberse convertido también en morosa. Una circunstancia que ha llevado a letrado Azorín Molina a presentar una demanda de ejecución de la sentencia para tratar de embargarle bienes, hasta alcanzar los 18.000 euros que adeuda hasta este momento.

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