El Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto Ley de 5 de octubre por el que se adoptan medidas para fomentar la rehabilitación de edificios. Dicho Decreto modifica la actual Ley de la Propiedad Horizontal de 1960 y la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.

Dicha modificación facilita la adopción de acuerdos en materia de rehabilitación de edificios, así como el acceso en mejores condiciones a financiación.

Una amplia mayoría de administradores, agradeciendo la modificación realizada, hubiésemos preferido, y así se ha trasladado por los organismos que nos representan, quienes elevaron dichas solicitudes a los legisladores, que se aprobase una nueva Ley de Propiedad Horizontal actualizada a las nuevas circunstancias, tecnologías y situaciones que no cabe han ido variando a lo largo de los años desde la aprobación de la actual ley en vigor, si bien cierto es que el derecho camina siempre unos pasos detrás de los cambios que se producen en las sociedades, también es cierto que conviene que dicha distancia sea la menor posible para logran un mayor avance en el menor tiempo posible.

Las modificaciones indican que nos encontramos ante una oportunidad única para rehabilitar nuestros edificios de una forma subvencionada gracias a los fondos NEXT GENERATION y debemos ser los administradores los que, amén de gestionar dichas subvenciones, nos encarguemos de transmitir esta excepcional ocasión a los propietarios de los edificios que administramos planteando dichas posibilidades y facilitando la recepción de dichos fondos.

Las comunidades de propietarios pueden acceder a subvenciones para obras que fomenten las energías renovables, aislamientos de fachadas y ventanas, nuevas instalaciones eléctricas. Excelente oportunidad para sustituir viejas instalaciones eléctricas que se idearon para soportar uno o dos electrodomésticos y que con el paso de los años alimentan, de forma peligrosa, el infinito número de “aparatos” enchufables que nos rodean en casa, o de instalar en las azoteas de nuestros edificios, placas solares que aprovechen los innumerables días de luz solar de los que disfrutamos en Alicante y en nuestras playas generando energía limpia que además se traduzca en un ingreso para nuestras fincas que repercuta en el beneficio directo de los propietarios.

La nueva Legislación mediante la posibilidad de alcanzar acuerdos comunitarios en este sentido con una mayoría simple de propietarios, facilita la adopción de dichos acuerdos, y muy importante, el acceso a financiación con esa misma mayoría simple.

Al mismo tiempo que los cataloga como gastos generales de la finca obligando así a todos los propietarios al pago de los mismo. Dicho cambio ahorrará eternas y repetidas reuniones de comunidad para convencer a propietarios remisos y evitará las consabidas excusas de algunos comuneros que rechazan cualquier avance o mejora en el edifico que les suponga un mínimo gasto.

Ante cualquier duda lo mejor será consultar a su Administrador Colegiado.

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