Buenas noticias para algunos desempleados: podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital por primera vez

La Seguridad Social quiere implantar esta paga a los parados que cumplan estas condiciones si el ministerio de trabajo se lo permite

Estos son los parados que podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital

Estos son los parados que podrán cobrar el Ingreso Mínimo Vital / EUROPA PRESS - Archivo

Luis Miguel Mora

Las reformas sociales del Gobierno siguen su curso y ahora se está poniendo en boca de todos una nueva reforma del Salario Mínimo Interprofesional. El Ministerio de la Seguridad Social quiere incluir a partir de ahora a un nuevo grupo de ciudadanos en los requisitos para poder recibir esta paga. La cartera de Elma Saiz está en conversaciones con Trabajo para que estos desempleados puedan ser beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). 

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación económica de la Seguridad Social que busca prevenir la pobreza y la exclusión social. Su objetivo es garantizar un nivel mínimo de ingresos a personas que viven solas o en unidades de convivencia y carecen de recursos económicos suficientes para cubrir sus necesidades básicas. Para poder acceder a él se deben cumplir una serie de requisitos:

  • Tener al menos 23 años, o 18 años si hay menores a cargo.
  • Residir legalmente en España durante al menos un año.
  • Carecer de rentas e ingresos suficientes para cubrir las necesidades básicas de la unidad de convivencia.
  • No ser titular de patrimonio neto superior a los límites establecidos.

Actualmente, el IMV llega a más de 2 millones de personas en España, según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Este número se reparte entre los 753.000 beneficiarios que cobran directamente la prestación y los 1.246.301 receptores indirectos, como hijos o cónyuges. Las cifras han ido creciendo según pasaban los años, y a partir de ahora, quieren que sea mayor con una nueva reforma que quiere incluir a una gran cantidad de desempleados.

Los parados de larga duración serán los siguientes beneficiados

La Seguridad Social mantiene reuniones constantes con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para poder dar el IMV a los parados de larga duración. Los ministerios de Trabajo y Seguridad Social quieren llegar a un acuerdo para poder beneficiar a más personas. 

Diversas fuentes de la Seguridad Social defienden que: “hay personas que reciben subsidios por desempleo y llegan al final de ese apoyo. Nuestro objetivo es promover una estrecha colaboración entre el SEPE y el INSS para agilizar el proceso de reconocimiento del Ingreso Mínimo Vital para aquellos que han agotado los subsidios asistenciales por desempleo, inserción, entre otros”.

Los parados que buscan obtener el IMV deben tener estas obligaciones:

  • Renta garantizada: La renta garantizada varía según el número de miembros de la unidad de convivencia. Para una persona sola, la renta garantizada es de 5.609,40 euros al año.
  • Patrimonio: El patrimonio neto de la unidad de convivencia no debe superar los límites establecidos. Estos límites varían según el número de miembros y la situación familiar.
  • Empleo: Los beneficiarios del IMV deben estar inscritos como demandantes de empleo y participar en itinerarios de inserción laboral.

Yolanda Díaz defiende la propuesta

La ministra de trabajo, Yolanda Díaz, ha dejado claro en varias ocasiones que el IMV es un gran avance para las personas vulnerables. "El Ingreso Mínimo Vital es una herramienta fundamental para combatir la pobreza y la desigualdad en nuestro país", decía la ministra en el pasado. Estas palabras son una clara muestra de las posturas que muestran ambas administraciones.