Opinión

Una sentencia para el cambio

Activistas suizas de la plataforma 'Klima Seniorinnen' celebran en Estrasburgo el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Activistas suizas de la plataforma 'Klima Seniorinnen' celebran en Estrasburgo el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. / EFE

En su sesión de hoy, 9 de abril de 2024, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo pronunciaba lo que, a todas luces, será una sentencia pionera y determinante en la lucha legal contra el cambio climático. La pregunta sobre la que respondieron los jueces de Estrasburgo no era otra que aquella que planteaba como una violación de los derechos humanos la inacción gubernamental ante el cambio climático. De cómo se respondiera a alguna de las tres sentencias sobre que se tenía que responder sentaría o no las bases para futuros litigios que tuvieran que dirimir la forma en la que inacción de los gobiernos en la lucha contra el cambio climático podría afectar a los derechos de las personas a vivir en un planeta habitable.

De los tres casos que se dirimían uno de ellos fue fallado a favor. Aquel que hacía referencia a un colectivo de dos mil mujeres suizas que acusaron a su gobierno de no hacer lo suficiente para combatir el cambio climático, algo que repercutía sobre su propia salud al ponerlas en riesgo de muerte durante las olas de calor. Argumentaron que la edad y el género les hacían particularmente vulnerables a los impactos del cambio climático. Apelaron al cumplimiento de los criterios de la Cumbre de París por parte del gobierno helvético, las demandantes residían en el país y habían respetado los distintos pasos de la justicia ordinaria.

Los otros dos, el presentado por un exalcalde francés de una ciudad de la costa francesa y el que presentaron de un grupo de seis jóvenes portugueses contra 32 países europeos, ambos fueron desestimados. En ambos casos los errores procedimentales y de alcance de los casos jugaron en su contra. No habían agotado las vías jurídicas ordinarias, la demanda excedía una entidad territorial o la persona que presentaba la demanda no residía ya en el territorio al que denunciaba.

En todo caso, lo relevante es la sentencia contra Suiza. Centrémonos en ella y en saber por qué es importante. En primer lugar, aunque los fallos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no son vinculantes, lo cierto es que sientan un precedente contra el que se juzgarán las demandas por venir. A partir de ahora cualquier caso similar en alguno de los Estados Miembros del Consejo de Europa (no confundir con el Consejo Europeo, por favor), ni más ni menos que 46, será susceptible de ser ganado en tribunales nacionales. En segundo lugar, porque marca el camino procedimental a seguir a aquellos que presenten más casos de esta naturaleza. Se ha indicado de manera muy clara que es imprescindible agotar las vías jurídicas nacionales, y también que es esencial que el objeto esté acotado al Estado en el que haya detectado la inacción. Los procedimientos en derecho son fundamentales, y con esta sentencia favorable la ruta a seguir para alcanzar la justicia climática está marcada. Y, por fin, en tercer lugar, este fallo también tendrá una influencia en otros tribunales nacionales, pero también internacionales, que tengan sobre la mesa cuestiones vinculadas con las políticas climáticas y los derechos humanos. 

A partir de ahora los gobiernos van a tener que rendir cuentas por la ausencia de medidas adecuadas para luchar contra el cambio climático; o, lo que es lo mismo, se materializa la necesidad del cumplimiento de los acuerdos e indicadores adoptados en el marco de las distintas cumbres del clima. Sin duda, un gran paso hacia la justiciabilidad del cambio climático. Sin duda, un momento histórico.

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