El reglamento de la AVI no entra en la cuestión de las sedes
El reglamento que desarrolla la organización y funcionamiento de la AVI se publicó ayer en el DOGV y no entra en absoluto en sedes ni en el reparto de funcionarios. Sí recoge cuestiones fundamentales como las funciones de la Agencia, órganos de gobierno, la relación de los puestos de trabajo o la elección de su vicepresidente ejecutivo. De éste dependerá la Secretaría General, cuya contratación y cese tendrá que ser aprobada por el Consejo de Dirección de la Agencia.
Temas
Pulsa para ver más contenido para ti
Más en Política
-
El primer borrador de Vox denunciaba "crímenes contra la humanidad” en la II República
-
Ni memoria ni concordia: justicia
-
Regeneración política: de la renovación del Poder Judicial a la contención de los bulos
-
Mazón defiende su ley de Concordia ante las críticas de la ONU: "No se han leído la valenciana"
Comentarios
Ver comentarios