La Audiencia de Alicante ha absuelto a los dos acusados de encerrar a sus trabajadores en un restaurante wok de Dénia, según el fallo al que ha tenido acceso este diario. La sala no ha considerado probado que los empleados fueran obligados a vivir en la planta de arriba del local y por el contrario éstos contaban con plena libertad de movimientos. Los acusados, que estaban defendidos por los abogados Aitor Esteban Gallastegui y José Manuel Sánchez Ibarra, se enfrentaban a penas que sumaban más de cuarenta años de cárcel por delitos contra los derechos de los trabajadores, de detención ilegal.

La Policía registró el local en junio de 2007 tras recibir una carta anónima en la que supuestamente gente que estaba encerrada en el restaurante pedía ayuda. Una denuncia anónima que los acusados atribuyeron a la competencia con la intención de perjudicarles. La sala recuerda en la sentencia que todas las supuestas víctimas negaron en el juicio haber estado encerradas y dijeron que nadie les obligó a vivir allí. Los jueces recalcan que no se han hallado ni habitaciones con cerraduras, ni cuerdas, ni grilletes, al tiempo que señalan que todos los empleados tenían libertad de movimientos y trato personal de los clientes. El fallo incide en que los propios policías que vigilaban el local vieron que el wok se cerraba por alguien desde dentro, hecho contradictorio con el supuesto encierro.

Tampoco han condenado por un delito contra los derechos de los trabajadores a los acusados al considerar que la mera contratación de un trabajador extranjero sin permiso de trabajo no es constitutiva de un delito. El restaurante sigue abierto al público y los propietarios se quejaban de la imagen negativa que había tenido para ellos este proceso del que eran inocentes.