La Policía intervino durante la operación contra el clan Charrington una flota de coches de lujo, entre los que se encontraban marcas como Bentley, Mercedes y Audi, al sospechar que procedían de los fondos del narcotráfico. El juzgado de Dénia que investiga el caso, a instancias de la Fiscalía, acordó en septiembre del año pasado el poner todos estos bienes a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para su venta, de manera anticipada antes del juicio. El objetivo era venderlos y poder sacar un dinero por ellos, cuando todavía tienen valor, antes de que comenzaran a deteriorarse mientras se completaban las investigaciones, al quedar inmovilizados acumulando polvo mientras permanecen bajo custodia y costando dinero al erario público. En la causa, hay además dos embarcaciones, un velero en Altea donde se transportó la droga y otro yate en Venezuela, cuya venta anticipada no se había planteado por el juzgado.

Sin embargo, la Audiencia de Alicante ha denegado este embargo preventivo de bienes hasta en dos ocasiones. La primera negativa se debió a una causa puramente formal, al entender que el juez no había señalado una audiencia en la que se comunicara la medida a los afectados con posibilidad a que sus defensas pudieran contestar a estas planteamientos. Esta resolución fue consecuencia de un recurso de queja planteada por las defensas frente a la decisión judicial.

La sala dejó sin efecto el auto del juzgado para que se cumpliera el trámite. La Audiencia recordaba que se debía determinar de manera pormenorizada los bienes sobre los que se acuerda su venta y cuáles eran las causas excepcionales que se daban para acordar la medida. Sin embargo, una vez subsanado ese trámite formal, las defensas recurrieron contra la decisión de la venta de los bienes y la Audiencia les ha dado la razón y ha revocado la decisión judicial.