Un juzgado de lo Penal a Alicante ha absuelto a cuatro médicos acusados de una negligencia en el caso de una mujer a la que se extirpó un pecho sin llegar a confirmar si tenía un cáncer, según la sentencia a la que ha tenido acceso este diario. El fallo, que no es firme y contra el que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, descarta una negligencia por parte de los facultativos y considera que no ha quedado probado el diagnóstico erróneo, ni que la operación no fuera necesaria.

A la paciente ya se le había detectado un cáncer de mama en el año 2008 y mientras vivía en Barcelona, ciudad donde fue intervenida. En noviembre de 2011, la mujer se había trasladado a Alicante y, durante un control de embarazo, se le detectó un nódulo en la zona de la cicatriz de la operación anterior. En el servicio de patología del Hospital de Sant Joan se le hizo una punción, donde el responsable del servicio le diagnosticó un carcinoma. La mujer acudió al oncólogo que la trató en Barcelona, donde se optó por hacer una masectomía por la vía de urgencia. Semanas más tarde llegaron los resultados de las muestras de tejido extirpadas, donde no se encontraban evidencias concluyentes de carcinoma, ni de ningún tumor maligno.

Las acusaciones sostenían que, de haber realizado los facultativos una biopsia, se podría haber realizado un diagóstico correcto y que los médicos sometieron a la paciente a una intervención que le produjo graves lesiones y secuelas sin que existiera un carcinoma que lo justificara. La mujer tardó más de 500 días en estabilizarse de las lesiones de la intervención, ya que precisó otras operaciones. Además de las complicaciones y dolores, había secuelas psicolócas tras el shock sufrido. La mujer relató que había terminado separándose de su pareja y que perdió su trabajo.

En el banquillo se sentaban el patólogo que hizo el diagnóstico en el Hospital de Sant Joan, así como el oncólogo y los dos ginecólogos del Grupo Hospitalario Quirón que hicieron la intervención en Barcelona. La Fiscalía reclamaba una pena de 18 meses de cárcel y una indemnización de más de 80.000 euros para la paciente por un delito de lesiones por imprudencia; mientras que la acusación particular reclamaba tres años de cárcel y una indemnización de 1,2 millones. Los cargos han sido desestimados al no ver el juez delito en la actuación de los médicos acusados.

El magistrado argumenta en la sentencia que la única obligación del patólogo «era la de examinar las preparaciones citológicas y emitir un diagnótico, que es lo que hizo». Según el juez, el patólogo no tenía por qué contrastar el diagnóstico con otras pruebas y su trabajo terminó al emitir su informe sobre el estudio de las muestras. El facultativo se reafirmó durante el juicio en su diagnóstico y aseguró que en los informes posteriores no se habla del nódulo sobre el que se hicieron las pruebas. El resto de los facultativos acusados también llegaron a plantear que era posible que las únicas células malignas fueran extraídas durante la punción. Otro informe llega a hablar de la posibilidad de un «falso positivo».

En cuanto a los médicos de Barcelona que decidieron la intervención, el magistrado subraya la diferencia entre los protocolos médicos entre la Comunidad Valenciana y Cataluña. Mientras que los médicos valencianos consideran que la punción no basta para el diagnóstico y requiere confirmación mediante una biopsia; en Cataluña se considera suficiente el resultado de la punción para emitir un diagnóstico.

El juez señala que no consta que los acusados conocieran esa discrepancia entre los protocolos de ambas comunidades, ni que vulneraran el deber de cuidado que tenían hacia su paciente. Los médicos aseguraron que tomaron la decisión de operar ante los antecentes médicos de la paciente y la alta probabilidad de que ésta hubiera recaído en la enfermedad.