Prisión permanente revisable. Es la pena que ha solicitado la Fiscalía de Alicante para la vecina de Elda encarcelada por acabar con la vida del niño que tenía en acogida su compañero sentimental. El pequeño, de 8 años y con problemas de autismo, fue encontrado muerto el 30 de agosto de 2017 en el piso de Elda en el que vivía la pareja. Es la primera vez que se solicita en la provincia la polémica pena introducida en el Código Penal durante el Gobierno de PP y una de las pocas en España, donde apenas se han dictado media docena de condenas de este tipo. El caso lo juzgará un tribunal popular.

La fiscal Alicia Serra considera probado que sobre las 18 horas del 30 de agosto de 2017, la acusada, Alejandra G. P., de 31 años, se quedó sola con el pequeño Domique después de que su pareja sentimental y padre de acogida del niño se marchase al club de atletismo donde trabajaba.

La mujer, que padece hipoacusia (una disminución de la capacidad auditiva), aprovechó que estaba sola con el menor para asfixiarle con la camiseta que llevaba puesta a la altura del cuello y una manga, según el relato de la fiscal, que agrega que lo hizo «con la intención de acabar con su vida, de forma repentina y por la espalda». Esto le causó la muerte y dejó como signo externo un hematoma en el cuello de cinco centímetros de longitud.

El Ministerio Público acusa a la mujer de asesinato con alevosía y de simulación de delito, este último cargo por el relato que mantuvo ya que, para desviar la atención sobre la autoría, Alejandra esparció objetos por el suelo con la idea de simular un robo, desnudó al menor de cintura para abajo, le puso un aceite corporal en la zona genital y le subió la camiseta con la que le había asfixiado tapándole la cara.

Se golpeó con una piedra

A continuación, con un cuchillo de la cocina se cortó su propia camiseta y el sujetador para que pareciera que habían intentado abusar de ella, tras lo cual utilizó una piedra que había en su balcón y se golpeó la frente. Además se ató las manos con la cuerda de un juguete y avisó después a su madre mediante una videollamada para contarle que le habían atacado.

Cuando llegó su pareja y la Policía relató que dos hombres vestidos de motoristas con el rostro cubierto por los cascos les habían atacado a ella y al menor cuando salían de casa y les habían obligado a regresar. Y sostuvo que los dos hombres habían intentado abusar de ella aunque se compadecieron porque estaba embarazada (de su pareja y padre de la víctima) y después la golpearon haciendo que perdiera el conocimiento. Añadió que cuando despertó sintió que estaban agrediendo al pequeño Dominique y que vio que habían abusado sexualmente de él.

La fiscal constata que antes del crimen a la acusada le resultaba un problema la frecuente presencia del niño, que alternaba su residencia entre el padre y madre de acogida. Unos días antes había colocado unos papeles en la puerta del domicilio para dar la sensación de que alguien les estaba vigilando.

Sobre la hipoacusia que padece la presunta asesina la fiscal afirma que «no le limita la capacidad de comprender ni de entender «ya que esta mujer desconoce el lenguaje de signos, se comunica leyendo los labios y lo comprende todo». Además, un examen psiquiátrico realizado hace unos meses a Alejandra, que se encuentra en prisión preventiva desde el 1 de junio del año pasado, descartó alteración mental alguna y le considera plenamente imputable.

La investigación se prolongó durante casi un año siendo detenida en su domicilio de Elda el 31 de mayo de 2018, cuando ya habían transcurrido diez meses desde que se cometió el crimen. En esos momentos ya había nacido la niña que estaba esperando de su relación con el padre de acogida de la víctima, con quien la pequeña vive en la actualidad.

La mujer tiene otro hijo de un primer matrimonio que en el momento de producirse el asesinato tenía cinco años.

Además de la pena de prisión permanente revisable para la que considera la única autora del crimen, la fiscal pide la accesoria de inhabilitación absoluta y una indemnización de 5.000 euros para los dos padres de acogida, que en la actualidad están separados, por los daños morales. Ambos están personados por separado en el procedimiento como acusación particular.