Agresión sexual

Un hombre de Barcelona, condenado a seis años de prisión por violar a una menor

E acusado contactó con ella a principios de junio de 2019 con esta menor de edad a través de la aplicación de internet Instagram, a la que invitó a su casa el día 10 de ese mes con "ánimo libidinoso"

audiencia barcelona

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EFE

Un joven ha aceptado seis años de prisión por el delito de agresión sexual con acceso carnal a una menor de 16 años, a la que contactó a través de Instagram y a la que además deberá indemnizar con 7.000 euros por los daños morales causados por estos hechos ocurridos en 2019.

En la sección novena de la Audiencia de Barcelona se ha celebrado este jueves una vista de conformidad tras el acuerdo alcanzado por la partes, en la que el acusado ha admitido lo hechos y se ha declarado culpable.

El tribunal, tras la conformidad, ha dictado sentencia 'in voce' en la que ha condenado al acusado a una pena de seis años de prisión frente a los doce que pedía inicialmente la fiscal, a la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros de su lugar de trabajo o residencia durante once años y a cinco años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.

Según el escrito de acusación del ministerio público, el acusado contactó a principios de junio de 2019 con esta menor de edad a través de la aplicación de internet Instagram, a la que invitó a su casa el día 10 de ese mes con "ánimo libidinoso".

Una vez en la vivienda, sostiene la fiscal, el procesado propuso a la menor de manera insistente mantener relaciones sexuales, a lo que esta se opuso en reiteradas ocasiones, accediendo finalmente a realizarle sexo oral.

Dos días después, el 12 de junio, el joven contactó de nuevo con la menor a través de Instagram con el "mismo ánimo libidinoso", pero ante la negativa de la víctima la amenazó y la "atemorizó" con expresiones como "Escúchame, ahora por chula la vas a cagar", "Tus videos y tus fotitos no me hagas colgarlas al insta", "no me toques los huevos" o "¿No en serio, vamos a follar algún día o no?".

Por estos hechos, el ministerio público imputó a este joven dos delitos: uno de delito de agresión sexual a menor de 16 años y otro de proposición sexual a través de internet.

A raíz del acuerdo entre las partes, la pena por el primero de los delitos ha sido rebajada de diez a seis años de prisión, y se mantiene la prohibición de acercarse a la víctima a menos de 500 metros durante cuatro años una vez cumplida la condena.

Por este delito, también se ha rebajado la medida de libertad vigilada de ocho a cinco años.

Por el segundo de los delitos, se ha suprimido la petición de dos años de prisión, que se sustituye por una multa de doce meses con una cuota diaria de 3 euros, y se reduce la prohibición de aproximarse a la víctima de cinco a un año, lo que sumado a esta medida por el primero de los delitos implica que el joven no podrá acercarse a la menor durante once años.

De la misma manera y de conformidad con el artículo 192.1 del Código Penal, procede imponer al acusado la medida de libertad vigilada, durante un plazo de 5 años.

En cuanto a la responsabilidad, y de acuerdo con la conformidad, el ahora condenado deberá indemnizar a su víctima con 7.000 euros, frente a los 15.000 que pedía inicialmente el ministerio fiscal.