La Audiencia de Alicante cesa a un administrador concursal tras no explicar gastos por cerca de cinco millones

El tribunal, que da firmeza a la separación acordada por un magistrado de lo Mercantil, incide en la ausencia de una aclaración sobre el uso del dinero y habla de falta de rigor y de moralidad 

Edificio que alberga la Audiencia de Alicante, donde se encuentra la sección Octava, que entiende de asuntos mercantiles.

Edificio que alberga la Audiencia de Alicante, donde se encuentra la sección Octava, que entiende de asuntos mercantiles. / Jose Navarro

Mercedes Gallego

Mercedes Gallego

 La Audiencia de Alicante ha ratificado la separación de un administrador concursal que, pese a los reiterados requerimientos judiciales, no ha facilitado una explicación convincente del uso que dio de los cerca de cinco millones que salieron de las cuentas de la mercantil Wohnungsbaugesllschaft S.L., dedicada a la promoción inmobiliaria y cuyo concurso de acreedores estaba gestionado, mediante media docena de transferencias a su favor o de sociedades por él controladas.  

En un auto contra el que no cabe recurso, la sección Octava, formada por los magistrados Enrique García-Chamón, Luis Antonio Soler y Rafael Fuentes, desestima las alegaciones presentadas por  el administrador cesado, José Antonio S.C., contra la resolución dictada en el mismo sentido en junio del año pasado por un juez de lo Mercantil de Alicante.  

El administrador acumula dos ceses que han dado lugar a sendos procesos penales, uno se encuentra aún en fase instrucción y el otro, a falta sólo de que se celebre el juicio en el que se reclaman hasta nueve años de prisión

La sala sostiene que la «ausencia de explicación» y la «falta de colaboración», no sólo justifica la desestimación del recurso que presentó ante del titular del Mercantil 1, Gustavo Andrés Martín, sino que «es reveladora de una falta de transparencia que habilita per se la separación».

En la solicitud del apartamiento, que al final ha llevado a la Justicia a acordar el cese del economista en este concurso, se habla de una «indebida disposición de fondos» de cerca de cinco millones (4.743.014,72 euros), «suma que se obtiene de deducir el importe total de su retribución (797.984,43 euros) del importe percibido (5.540.999,15 euros).

En el auto se detallan desde «transferencias para gastos o temas personales del señor S.C. que no tienen relación alguna con el concurso» a otras realizadas a sociedades por él controladas (ASC Consultores y Asociados S.L., Stinvalores S.L. y ASC Aurea Auditores S.L.P.) por varios importes que en alguna de ellas supera los tres millones en total.

En el auto se detallan transferencias para temas personales del economista cesado, a sociedades propias y hasta para la compra de cuchillos en Japón

La Audiencia pone el acento en que por parte del administrador no se niega ninguno de esos traspasos haciendo alusión únicamente en su recurso a un viaje a Dubai y a la compra de unos cuchillos en Japón, gastos que él cataloga de «anecdóticos» y que para los magistrados «son sintomáticos de una ausencia de rigor en su actuación».

Añade el tribunal que «el que los 18 informes trimestrales presentados en liquidación no fueran cuestionados por la concursada o por los acreedores personados no sana la irregularidad de esos gastos». Y que «resulta simplemente sorprendente» que «se pretenda justificar la compra de los cuchillos con cargo a la concursada como un encargo específico del responsable de ventas de la mercantil y un regalo al mismo o suerte de pago en especie carente de todo soporte contractual». 

Viaje a Dubai

En cuanto al viaje a Dubai, la sala concluye que aún dando por buena la hipótesis (del administrador) de que los gastos fueron sufragados a título particular, «no ocurre lo mismo con los gastos en ese país (comidas) sin que conste, ni se invoca, resolución judicial alguna que dé cobertura a percibir con cargo a la masa cantidades por gastos justificados de desplazamiento». 

El auto, del que ha sido ponente el magistrado Fuentes Devesa, recoge que la explicación dada al abono de ese viaje, afirmando que se facturó a nombre de la concursada para poder deducirse el IVA y el Impuesto de sociedades y que así todo fueron beneficios para la mercantil, «resulta esclarecedora de la falta de probidad (moralidad) y confusión de intereses con que se manejaban los fondos de la concursada».

Para la sala, además de ser «contradictorio y llamativo» que se diga al mismo tiempo que los gastos del viaje se pagaron a título particular y que lo hizo la empresa porque era necesario para el concurso, «lo que resulta injustificable es que, si no los pagó la concursada, se facturen a su nombre para obtener ese trato fiscal y que se añada que ese beneficio supera el importe de los cuchillos comprados en Japón, objeto de regalo, para así mantener que no han habido perjuicio alguno para la concursada». 

Y van más allá al afirmar que «hay una quiebra del deber de lealtad como gestor de los intereses ajenos al anteponer los suyos o de terceros vinculados a los de concurso», por lo que sostienen que «la devolución posterior, de haberla, no haría desaparecer la gravedad del comportamiento».

Otro apartamiento

Esta separación no es la única acordada para este administrador al que también la Audiencia de Alicante acaba de apartar de otro concurso en un auto contra el que no cabe recurso. Así lo había solicitado el Grupo Empresarial La Cañada S.L., la mercantil concursada, por «la apropiación de los recursos financieros» de la sociedad, que en este caso se cifran en algo más de 160.000 euros.

Tanto en esta separación como en la anterior, los hechos han dado lugar a sendos procesos penales. El primero se encuentra aún en fase de una instrucción que ha obligado a ampliar plazos. El segundo, a falta sólo de que se celebre la vista oral por los delitos de malversación en su modalidad agravada de administración desleal y apropiación indebida. Unos cargos por los se piden penas que oscilan entre los seis años de prisión de la acusación pública a los nueve que reclama la particular. 

En cuanto al que aún se está investigando, recientemente se ha solicitado una ampliación de la querella por un delito de frustración de la ejecución y blanqueo de capitales. Y se ha solicitado el embargo preventivo de bienes por valor de 13,9 millones para hacer frente a la responsabilidad civil que pudiera derivarse de la apropiación indebida de 7,4 millones, cantidad que la concursada sostiene que se llevó el administrador cesado.