El Juzgado Social 2 de Elche ha condenado al Hospital de Torrevieja, público de gestión privada, a pagar a una trabajadora 17.200 euros por extinción de relación laboral y otros 25.000 en concepto de indemnización por vulneración de los derechos fundamentales, daños probados a su salud y daños morales. El Hospital y el gerente demandado, Frank Leyn, alegaban que no se habían vulnerado esos derechos, ni había un incumplimiento empresarial y consideraban que se había ejercido el "ius variandi" -el poder que tiene el empresario de variar las condiciones de trabajo dentro de unos límites-. El juez no lo entiende así. E.M. fue contratada en 2008 para desarrollar su labor en el área de proyectos internacionales del Hospital como secretaria del director de Sistemas y fue requerida por su dominio de idiomas como interlocutora de la empresa con Microsoft para la promoción de un programa de gestión hospitalaria pero, según la sentencia, acabó escaneando documentación de pacientes.

Para el magistrado Alberto Nicolás Franco, "no resulta razonable" considerar que la gerencia del Hospital "desconociera la ilicitud del cambio radical de funciones de la trabajadora, ni la dificultad que comporta psíquicamente pasar de ser secretaria del Departamento de Proyectos Internacionales, con participación en su promoción y presentación en foros internacionales, interlocutora de Microsoft en relación al proyecto estelar del Hospital, a pasar a escanear durante toda su jornada la documentación de pacientes del Hospital (...) No cabe considerar razonable, ni permitido por nuestra legislación laboral, variar las funciones de forma radical hasta el punto que supongan un perjuicio en la formación profesional y un menoscabo de la propia dignidad, amparándose en un cambio de funciones dentro de su propia categoría profesional".

Además añade que esas modificaciones laborales, con el mantenimiento de su salario "tan solo cabe" comprenderlas en el intento de que cesara voluntariamente. Una actuación por parte del Hospital que el juez considera "un claro abuso del derecho, una extralimitación de los poderes de organización y dirección empresarial, una degradación profesional y una humillación frente al resto de trabajadores de la empresa", en una secuencia que provocó a la trabajadora "trastorno de ansiedad, pensamientos obsesivos, trastornos alimenticios y problemas gastrointestinales", lo que está acreditado por un facultativo.

El fallo dice que "tales decisiones" del Hospital "por vulnerar derechos que se consideran básicos por ser fundamentales para la convivencia, resultan más censurables que las vulneraciones de la legalidad ordinaria".

Hechos probados

La sentencia cita como probado que en marzo de 2011 cesaron los máximos responsables de la trabajadora en el hospital. La empleada pidió dos meses después una reducción de jornada. Su solicitud fue aceptada con una reubicación en el departamento de Admisión, "para no incidir en la Dirección de Sistemas", pero "ni se le concretaron funciones, ni se le facilitó mesa y ordenador". El mismo día que se incorporó la demandante solicitó a la gerencia por correo electrónico que le especificaran qué debía hacer y que se le habilitara un puesto donde poder trabajar y advertía que el encomendado "suponía una variación esencial en sus funciones, vulnerando su formación profesional y su dignidad, al no corresponder con su titulación y con las funciones que había desarrollado hasta ese momento".

El Hospital le respondió una semana después que "en ningún caso" la decisión de reubicación respondía a la solicitud de reducción de jornada "ni se consideraba que pudiera vulnerar su formación profesional o dignidad", y cambiando de criterio respecto a la primera justificación, aseguraba que "las funciones que había desarrollado han cesado, al ser prioritaria para la nueva dirección la atención al paciente y no la comercialización de un programa informático". La empresa, dice el magistrado, "se desdecía" de esta forma "de la primera motivación".

Un día después de esta respuesta el Hospital volvió a cambiar de funciones a la trabajadora y la ubicó en el departamento de Documentación "en una mesa vacía" y con el cometido de "escanear documentos", además de retirarle el teléfono móvil del que disponía como herramienta de trabajo. "Aún cuando mantuviera el salario ya totalmente desproporcionado e improductivo para las nuevas funciones, el cambio fue radical y suponía un claro menoscabo de su dignidad profesional y personal", subraya el fallo.

Un juez abre diligencias penales contra la gerencia

El juzgado de Instrucción Número 5 de Torrevieja, tras el fallo del juzgado de Lo Social, ha abierto diligencias de investigación por una querella presentada por la extrabajadora contra el gerente, Frank Leyn, y otros responsables del hospital, entre ellos los directores de Recursos Humanos y de Planificación. Han sido imputados en la causa por un delito contra la integridad moral y los llamará a declarar tras la declaración de la querellante.

En junio de 2011 la trabajadora presentó denuncia ante la Inspección de Trabajo por el mismo asunto. Tras confirmarse este fallo la Inspección podría proceder a sancionar a la empresa, concesionaria del Hospital de Torrevieja (Ribera Salud-Asisa). redacción