El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana, José Cholbi, se ha dirigido al Ayuntamiento de Catral, dirigido por Pedro Zaplana, para pedirle que adopte las medidas necesarias para garantizar la aplicación efectiva del principio de igualdad y no discriminación de todos los vecinos y vecinas del municipio a la hora de utilizar las instalaciones deportivas municipales. El defensor del pueblo valenciano ha dictado esta resolución ante la queja presentada por los miembros de un club de fútbol en relación al uso de las instalaciones deportivas municipales que recogió en su día este diario. En este sentido, los afectados manifestaban que su club está registrado en la Federación de Fútbol de la Comunidad Valenciana y que venían solicitando sin éxito dichas instalaciones para llevar a cabo los entrenamientos y partidos oficiales.

Sobre este asunto, el Ayuntamiento argumentó al Síndic que no disponen de instalaciones suficientes para atender la solicitud de los interesados, puesto que las actuales se encuentran adscritas al otro club de fútbol de la localidad que viene haciendo uso de ellas desde hace más de 30 años. El defensor del pueblo, por su parte, tras recordar la normativa vigente de aplicación en este asunto, ha razonado que «el acceso a las instalaciones deportivas municipales tiene que atender a los principios de igualdad y no discriminación». «El hecho de que con anterioridad las instalaciones hayan sido empleadas por el que era, hasta el momento, el único club que existía en la localidad no puede ser considerado como un argumento suficiente para otorgarle un mejor derecho de uso frente a nuevos clubs y, con ello, concederle el uso en exclusiva de las instalaciones deportivas». De esta forma, el Síndic ha trasladado que se muestra «partidario de arbitrar fórmulas que permitan la participación, en régimen de igualdad, de toda la ciudadanía en este ámbito y, con ello, el adecuado y racional acceso de los mismos a las instalaciones de carácter municipal».