La juez del juzgado de lo Contencioso Número 1 de Elche ha desestimado el recurso interpuesto por la Fundación Toro de Lidia contra el acuerdo plenario por el que se aprobó la moción presentada por Cambiemos Orihuela y debatida en la sesión del pasado 29 de octubre de 2015, por la que se prohibía la celebración de festejos taurinos en la ciudad. Además, la magistrada condena a la Fundación a correr con las costas judiciales del proceso.

La entidad taurina pedía la nulidad del acuerdo al entender que no se ajustaba a Derecho, vulnerando el principio de jerarquía normativa e invasión de competencias con la vulneración de la legislación estatal y autonómica. La juez entiende que la aprobación de la moción se encuentra amparada en la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el Reglamento Orgánico del Pleno y sus Comisiones de Orihuela, que recogen las mociones como la «formulación de una propuesta de acuerdo destinada a impulsar u orientar la acción política». Asimismo, tampoco incumple la legislación autonómica, ya que en el caso de esta última regula los festejos taurinos pero «ni propugna ni impone su celebración».