Otro jarro de agua fría para Emilio Bascuñana, actual regidor de Orihuela, en la instrucción judicial que se sigue contra él por un delito de malversación. Al político del PP se le imputa haber cobrado más de 200.000 euros de la Conselleria de Sanidad antes de su llegada a la Alcaldía sin que conste el trabajo que realizó a cambio.

Una actividad de la que la Agencia Valenciana Antifraude tampoco ha encontrado rastro ni motivación, según consta en el informe pericial que a petición de la magistrada ha realizado este organismo, cuyo cometido se centra en la prevención y la lucha contra la corrupción y el fraude en las administraciones públicas.

Aunque el requerimiento de la juez se centraba en conocer qué tipo de relación funcionarial existía entre Bascuñana y la dirección territorial de Sanidad entre octubre de 2007 y mayo de 2013, a qué unidades estuvo adscrito y los cargos públicos dentro de la estructura de la conselleria de los que dependía, la entidad que dirige Joan Llinares ha ido más allá.

El sistema elegido para que el político supuestamente ejerciera como asesor no estaba previsto en la norma, dice el estudio

Y es en este marco donde Antifraude concluye que en la adscripción funcionarial de Bascuñana a la dirección territorial de Sanidad en los años que se investigan (hay una inicial en 2007 y después una prórroga desde octubre de 2008 a mayo de 2013) no constan los fundamentos jurídicos en los que se apoya, ni los motivos ni la descripción de funciones que tenía que desempeñar ni el puesto que iba a ocupar.

En esos momentos Bascuñana, médico de profesión, se encontraba dado de alta como facultativo de atención primaria con la condición de personal estatutario fijo. En sus declaraciones como investigado, primero ante los fiscales delegados de Anticorrupción y después ante la instructora de la causa, el primer edil de Orihuela ha sostenido que su trabajo era de asesoramiento y que si no queda rastro de ello es porque sus informes eran verbales.

Sobre el hecho de que ni tan siquiera tuviera un despacho al que acudir y que haya testigos que han declarado que ni lo vieron en esos años, el político popular explicó que era porque teletrabajaba desde su casa.

El informe de la Antifraude, que forma parte de la causa, sostiene también que la adscripción funcionarial que habría facultado a Bascuñana a ejercer como asesor no respondía en el periodo de tiempo que se analiza a un sistema de provisión en vigor en la norma vigente, ni a ningún procedimiento de adscripción previsto reglamentariamente en dicho periodo.

Para que el personal estatutario, como era el caso de Bascuñana, pudiera realizar otra actividad que no fuera su cometido como médico, es decir, la de asesor según asegura, apunta el informe que existen fórmulas tales como las comisiones de servicio, que se podían haber utilizado.

Ahora bien, a diferencia de la adscripción funcionarial, para la comisión de servicio eran precisos una serie de requisitos como que la necesidad de que ese trabajo estuviera justificado, además de la asignación de las funciones a desempeñar en el centro en que el estuviera adscrito.

Sobre este punto, planteado expresamente por la magistrada, el informe precisa que entre el 1 de noviembre de 2007 y el 30 de octubre de 2009 no consta a qué unidad estuvo adscrito, con lo que tampoco se puede concretar de quién dependía. En el periodo siguiente, que concluye el 30 de abril de 2013, habría dependido del centro de salud Álvarez de la Riva de Orihuela aunque, en cualquier caso, se apunta a una contradicción entre lo indicado en la hoja de servicios y el acto administrativo dictado.

El Tribunal Superior ha frustrado la pretensión de Bascuñana de llevar este informe a la vía Contencioso-administrativa cuando ya estaba abierta la penal.