TORREVIEJA

Entra en la cárcel un administrador de fincas que se quedó con 12.784 euros de una comunidad de Torrevieja

El condenado, de 79 años, debe cumplir una pena de un año y seis meses por delito de administración desleal por unos hechos de 2012

El juzgado reclamó la ejecución de la pena al eludir el acusado durante dos años el pago de la responsabilidad civil con el reintegro de lo que se llevó

Sur del casco urbano de Torrevieja en el que se encuentra la comunidad de vecinos

Sur del casco urbano de Torrevieja en el que se encuentra la comunidad de vecinos / Tony Sevilla

D. Pamies

D. Pamies

Ramón L.V., administrador de fincas, no pensó que pisaría la cárcel por 12.784 euros. Pero el pasado 8 de enero este septuagenario entró en prisión para cumplir una pena de un año y seis meses, 545 días. El delito: administración desleal. Fue denunciado por una comunidad de propietarios de Torrevieja y condenado al demostrarse que el dinero de la misma había ido a parar a su patrimonio personal.

Larga trayectoria

El condenado, que tiene ahora 79 años, es conocido en la Vega Baja como socio de varias empresas ligadas a la promoción inmobiliaria y talleres, además de dedicarse a la gestión de comunidades como administrador de fincas. Creyó que podría esquivar la sentencia dictada por el Juzgado de Lo Penal 2 de Torrevieja, fechada en septiembre de 2021. Y de hecho su estrategia le salió bien durante más de dos años.

En noviembre de 2022 el Juzgado revocó la pena privativa de libertad a cambio de cumplir con su responsabilidad civil restituyendo a la comunidad que administraba y que le demandó, los 12.784 euros desaparecidos sin justificación. Ese era su compromiso para eludir la pena privativa de libertad, la oportunidad para pagar y olvidarse de la cárcel. Pero el administrador condenado por desleal no lo cumplió.

No tiene dinero

Los meses fueron pasando de manera que cuando tuvo a bien recurrir que no tenía dinero, que le habían denegado una pensión, que arrastraba problemas médicos y que era ayudado económicamente por sus familiares para vivir, el margen de confianza del juzgado ya se había agotado. El pasado mes de octubre rechazó su último recurso y revocó la decisión que le permitía eludir la cárcel. "El penado -aclaró el Juzgado- no ha hecho el más mínimo esfuerzo en pagar cantidad alguna, mostrando una actitud renuente, pasiva, y desentendida con las obligaciones asumidas en la sentencia".

Palacio de Justicia de Torrevieja

Palacio de Justicia de Torrevieja / Tony Sevilla

Los hechos

La historia de esta condena comenzó cuando los residentes de una de esas miles de comunidades de propietarios con las que cuenta Torrevieja se cansaron de comprobar cómo el dinero destinado en cuotas mensuales a la gestión y los gastos de la comunidad bajo responsabilidad del administrador, no se destinaba ni a la gestión ni a los gastos. Se había esfumado. Fue entre 2012 y 2015. Que Ramón, el administrador, les indicara que no había ningún problema y que en el banco constaban entre 16.000 y 18.000 euros no debió servirles mucho para llegar a la sospecha. Comprobaron que les engañaba.

La cuenta estaba en números rojos en realidad y terminaron por denunciarlo en el Juzgado. Normalmente los presidentes de comunidad y sus vecinos no suelen llegar tan lejos. Bastante es encargarse de los líos de su gestión ordinaria como para ir al juzgado: papeleo, declaraciones, costas judiciales, discusiones entre propietarios sobre lo que hay que hacer, y esa exasperante lentitud de los juzgados -más todavía en Torrevieja-. Pero hay personas que conocen sus derechos y son constantes.

Esta comunidad de propietarios ejerció la acusación en el juicio que se celebró, como suele suceder en la justicia española, ocho años después de los hechos denunciados.

La sentencia

El fallo señala que el acusado no podía justificar las "disposiciones patrimoniales" que realizó en la cuenta y que "no fueron destinadas a los fines de la Comunidad", produciéndose el efecto de incremento en el patrimonio del administrador y "evidenciándose con ello el ánimo de ilícito lucro". El acusado se acogió a su derecho a no declarar y ni tan siquiera rebatió las pruebas en el juicio oral. Disponía de las cantidades porque la entidad bancaria donde estaba abierta la cuenta no le exigió firma mancomunada para autorizar las retiradas de dinero pese a ser un requisito básico de funcionamiento en muchas comunidades.

La defensa de Ramón L. solo esgrimió que una parte del dinero se había destinado a la construcción de una rampa para el edificio, situado en el barrio del Acequión torrevejense, pero la empresa a la que señaló como encargada de la actuación indicó en el juicio que nunca recibió tal encargo.