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La Generalitat demanda a San Vicente por aprobar el plan del casco histórico

Lleva a juicio al Ayuntamiento por considerar que se ha saltado el procedimiento al ser la Conselleria, y no el pleno, la que debía dar el visto bueno - El plan de protección, por el momento, no está afectado y sigue vigente pese a la impugnación

El antiguo Ayuntamiento y la Iglesia de San Vicente, dos hitos en el entorno que protege el plan de protección del casco antiguo. | PILAR CORTÉS

De piedra se han quedado en el Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig al recibir la notificación de que han sido demandados por la Generalitat. El alcalde, Jesús Villar, reconoce que ha sido un impacto y no entiende cómo ha ocurrido entre administraciones y sin aviso previo. Pero ha pasado. El pleno ordinario de enero que se celebra hoy da cuenta de la interposición de un recurso contencioso-administrativo por parte de la Abogacía de la Generalitat. Lleva a juicio al Ayuntamiento por la aprobación de la modificación puntual número 36 del Plan General Municipal de 1990 que dio luz verde a la Normativa Especial de Protección del Núcleo Histórico Tradicional.

La Generalitat ha impugnado el acuerdo de pleno, celebrado el 13 de mayo de 2020 ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), que es el órgano competente para ello.

Por su parte, el Ayuntamiento considera que la aprobación es competencia municipal y así se plasmó en el informe que dio el visto bueno definitivo a esta modificación del Plan General. Desde el consistorio se entiende que la propuesta afecta exclusivamente a la ordenación pormenorizada y no a la estructural.

Pero la Generalitat discrepa y advierte de que los bienes de relevancia local, como los que protege la nueva norma, pertenecen a la ordenación estructural. De ahí que la aprobación definitiva, corresponde a la conselleria competente en materia de urbanismo, medio ambiente y paisaje. Le es propio «aprobar definitivamente los planes que fijen o modifiquen la ordenación estructural. Por lo que la aprobación de esta modificación puntual número 36 debería ser autonómica y no municipal, siendo competencia de la administración local su aprobación provisional», advierte la conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad.

La resolución del contundente informe que rubrica el conseller Arcadi España da vía libre a a la Abogacía General de la Generalitat a impugnar el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual número 36 ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa.

El alcalde, que asume también el área de Urbanismo, reconoce la estupefacción en el Ayuntamiento al recibir la notificación. «Nos hemos encontrado con una demanda», admite. Y señala que tanto el abogado como la arquitecta municipal defienden que esa aprobación correspondía al pleno del Ayuntamiento.

El primer edil lamenta que no ha habido «aviso previo» y a finales de diciembre llegó el del contencioso. «Nos habría gustado una comunicación previa», explica Villar. «Lo sentimos porque intentamos que la relación con todas las administraciones sea positiva e intentar solucionar las cosas razonando y consensuando».

Proceso largo

Desde la abogacía del Ayuntamiento señalan que el consistorio ya mandó el expediente al juzgado y está a la espera de recibir una contestación. Una vez que se inicie el proceso, contará con un plazo de alegación de 20 días «y a la vez, la Conselleria deberá presentar la demanda». El jurídico municipal considera que es un proceso que aún puede tardar un tiempo en llevarse a efecto.

Advierte que, mientras tanto, el plan sigue vigente y no afecta esta demanda a lo que aprobó en su día el Ayuntamiento.

La regularización aprobada contiene la normativa urbanística específica para el casco histórico de San Vicente del Raspeig. Salió adelante con los votos del equipo de Gobierno (PSOE-EU) y de los grupos de la oposición, Compromís, Podemos, Vox y PP. Mientras que los 5 concejales de Ciudadanos se abstuvieron.

Había sido un largo camino hasta llegar a ese momento. En noviembre de 2017 el pleno acordó la suspensión preventiva por un plazo de dos años de la concesión de licencias urbanísticas en el ámbito definido en el Catálogo de Bienes y espacios protegidos del municipio como Núcleo Histórico Tradicional para poder redactar una modificación del Plan General, estableciendo una normativa especial de protección de dicho ámbito.

Uno de los objetivos de esta normativa es salvaguardar la arquitectura sanvicentera y los edificios eliminado elementos impropios. Preservar las edificaciones con el modelo de casa tradicional de dos plantas. Y, entre otras, garantizar que las nuevas edificaciones se integran en el entorno con parámetros tipológicos, morfológicos y materiales, entre otros.

Cs, Vox y el PP preguntan por el coste del agua

Quieren saber si va a repercutir en la tarifa asumir el gasto de la planta desalinizadora de Mutxamel

El pleno ordinario y telemático de esta tarde recoge las preguntas de la oposición en su tarea de fiscalización del equipo de Gobierno. Los grupos coinciden en algunas de las cuestiones que han registrado como preguntas escritas. Vox, Cs y el PP van a interpelar al equipo de Gobierno por la planta desalinizadora. Van a preguntar por el importe que tendrá que asumir el Ayuntamiento ante la información de que el Ministerio de Transición Ecológica, a través de la empresa estatal Acuamed, ha comunicado a los municipios de l’Alacantí que deben asumir entre un 50 y un 65% del coste de la planta de Mutxamel. Un importe que se cifra en unos 45 millones de euros. Los grupos quieren saber si va a repercutir de alguna forma en el coste que actualmente pagan los sanvicenteros.

Podemos preguntará al consistorio si ha concurrido a las ayudas de esterilización de gatos sin dueño que realiza la Diputación.

Compromís, por su parte, realizará tres preguntas orales. Este modelo es el de cuestiones que no se han recogido previamente por escrito por lo que la respuesta puede que se dé en el pleno siguiente. Entre ellas, se interesa por saber en qué ordenanzas municipales se contemplan deducciones o bonificaciones a las familias monoparentales.

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