Las gorras, en ningún caso el velo islámico, son las que causan problemas de convivencia en las aulas de la provincia, de ahí que se haya prohibido su uso expresamente en los reglamentos internos de numerosos institutos -como sucedió en su momento con los móviles?-, mientras que el uso del hiyab ni siquiera se lo han llegado a plantear. "En nuestro instituto no se permite ningún aditamento visible como símbolo de actividades o creencias violentas", precisa la directora del centro Virgen del Remedio de Alicante, Sofía Morales, en referencia a las gorras. "Todos los años tenemos al menos un par de adolescentes que usan el velo y no ha habido nunca ningún problema", añade.

Tampoco en la Conselleria de Educación tienen constancia alguna de incidencias que alteren la convivencia escolar a consecuencia del hiyab como está sucediendo en un centro de Pozuelo de Alarcón, en Madrid. La normativa autonómica contempla, de modo general, el "respeto a la libertad de conciencia y a las convicciones religiosas, éticas, morales e ideológicas", según consta en el decreto de Derechos y Deberes y de la Convivencia en los centros. "Son normas genéricas que concreta cada centro en su reglamento interno, pero no nos consta que en ninguno se prohíba el uso del velo", precisan desde el departamento de Font de Mora.

Lo que exige el decoro

La gran mayoría de los institutos, entre los que desarrollan alguna medida concreta a partir del citado decreto de Convivencia, se han limitado a introducir la "exigencia en el decoro" de un modo general, como atestigua Rafael Coloma, del IES San Blas de Alicante. De hecho, para lo único que se han visto obligados a aplicar esta norma ha sido precisamente para requerir a los alumnos que no entren con gorra en clase, porque les tapa los ojos o bien las llevan repletas de símbolos y pegatinas relativas a actividades o grupos violentos: la cruz gamada nazi o los Latin King, entre otros.

En algún instituto de Benidorm, donde las quejas de los padres han ido a más, han llegado a incorporar de modo más concreto la premisa de que no se pueden llevar los pantalones bajos, de forma que hagan visible la ropa interior, "pero la forma de regularlo es a través de un acuerdo explícito del consejo escolar del centro, tal y como se hace con el uso del uniforme" explican desde Educación. En cualquier caso, el uso del velo islámico está ausente de cualquier norma en nuestras aulas "porque tampoco ha hecho falta hasta ahora", coinciden en indicar tanto desde los centros como desde la Administración.

"No queremos que se cree un problema donde no lo hay. La Religión no debe mezclarse con la formación. Bastante duro resulta trabajar por la integración como para que pueda venir a estropearlo una polémica así", lamentan en el centro de Virgen del Remedio, donde, incluso, funciona una escuela de padres a la que acuden mujeres con su velo para aprender a hablar en español. De los 40.000 inmigrantes que escolariza la provincia, unos 2.500 llegan de países árabes y, entre ellos, las alumnas que llevan velo son las menos.

Libertad de conciencia y de convicciones

Las únicas referencias legislativas en el ámbito educativo a la vestimenta del alumnado figuran en el decreto de Convivencia de 2008. El artículo 11 de los derechos de los alumnos contempla el "respeto a su libertad de conciencia y sus convicciones religiosas, éticas, morales e ideológicas"; y el 12, el "respeto a la identidad, intimidad y dignidad personales. A su integridad física, psicológica y moral", además de "un ambiente educativo que fomente el respeto, la convivencia, solidaridad y el compañerismo entre los alumnos-as". Entre los deberes, el artículo 19 señala la obligación de "no discriminar a ningún miembro de la comunidad educativa por razón de nacimiento, raza, sexo o por cualquier circunstancia personal o social".