Guanyar Alacant sigue firme en su intento de que el gobierno municipal de Alicante, liderado por el popular Luis Barcala, atienda el requerimiento realizado por la Conselleria de Vertebración del Territorio, que ha dado un mes de plazo al Ayuntamiento para que modifique un acuerdo plenario alcanzado en octubre que considera ilegal. "Hemos registrado un escrito en Secretario General del Pleno, instando a convocar de forma extraordinaria y urgente una comisión de Urbanismo y un pleno para atender los requerimientos de la conselleria sobre la ejecución de la sentencia de Pino y Ruaya. Se tiene que atender ese requerimiento", ha señalado Pavón.

Pese a que el plazo dado por la conselleria se cumple este próximo viernes, 18 de enero, el Gobierno de Barcala se niega a atender la petición de la Generalitat, argumentando que mantienen "el respaldo al informe de nuestros técnicos".

La Generalitat, a través de la Conselleria de Vertebración del Territorio, dio a mediados de diciembre un plazo máximo de un mes para que el Ayuntamiento de Alicante, encabezado por el popular Luis Barcala, modifique el acuerdo plenario por el que se estableció las condiciones urbanísticas de las fincas Pino y Ruaya, reconociendo una superficie de 47 hectáreas, con una calificación de suelo urbanizable, un uso predominantemente residencial y una edificación máxima de 50 viviendas por hectárea. Es decir, permitiéndose la construcción de unas 2.350 viviendas en un terreno anexo a la avenida de Dénia.

Según el departamento que dirige María José Salvador, el Pleno municipal de Alicante aprobó una propuesta, elevada por la Concejalía de Urbanismo con Mari Carmen de España al frente, que se extralimita de la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de 1992. La conselleria considera que el acuerdo plenario (que solo contó con el voto en contra de Guanyar, junto a la abstención de Compromís y los dos tránsfugas) afecta a la ordenación estructural del ámbito territorial, otorgando al terreno un "concreto y exclusivo uso residencial y una determinada edificabilidad, una atribución de usos y densidad edificatoria que en ningún momento exige la sentencia que dice ejecutar".

Para el Gobierno autonómico, y a "diferencia" de lo acordado por el Ayuntamiento a petición del gobierno de Barcala, se llevó a cabo una "modificación de la ordenación estructural del ámbito territorial", una decisión adoptada, según prosigue la conselleria, con "ausencia total y absoluta del procedimiento legal establecido".

Por ello, Vertebración del Territorio considera que la decisión plenaria supone una "intromisión en las competencias autonómicas en materia de aprobación de instrumentos de planeamiento que afecten a la ordenación estructural". Y es que la ley vigente establece que la conselleria tiene la competencia en materia de ordenación del territorio, urbanismo, medio ambiente y paisaje.