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Un escenario inédito

La devolución del veredicto a un jurado como ha ocurrido en el caso Sala es una situación excepcional hasta en Cataluña, donde solo se han registrado tres casos desde 1995

Un momento de la vista oral, con la magistrada Francisca Bru al fondo. rafa arjones

El doble veredicto del caso Sala ha generado un escenario inédito en el panorama judicial alicantino con la emisión de dos resoluciones totalmente contradictorias. La noche del viernes 8 de noviembre el jurado popular votaba un primer dictamen condenatorio por siete votos a dos para Miguel López por la muerte a tiros de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda del expresidente de la CAM Vicente Sala. La magistrada que presidía el tribunal del jurado, Francisca Bru, devolvió la resolución al entender que la motivación para fundamentar la condena eran defectuosa. Dos días después, el domingo por la tarde, el jurado emitía otro fallo de no culpabilidad por seis votos a tres. Para complicar el panorama, el acta devuelta no se ha entregado a las partes que la reclamaron y el documento «no consta» en las actuaciones, según ha respondido el letrado judicial a las acusaciones, que la han reclamado.

La Fiscalía y la acusación particular que ejerce el abogado Francisco Ruiz Marco en nombre del hijo mayor de la fallecida están estudiando si recurren la sentencia absolutoria. La «desaparición» del primer veredicto es uno de los motivos barajados por el teniente fiscal José Llor para apelar. Sin el acta, difícil se hace constatar si realmente el veredicto adolecía de motivación.

Si la devolución del acta al jurado no es lo habitual, todavía lo es menos que tras esa revisión se alcance un fallo opuesto. Aunque es una situación prevista en la Ley, en la Fiscalía de Alicante no se tiene constancia de casos similares. En Cataluña, una de las comunidades con mayor número de juicios con tribunales populares, apenas han tenido tres.

María del Carmen Martínez murió asesinada de dos disparos en la cabeza la tarde del 9 de diciembre de 2016 cuando recogía su coche del negocio de automoción que regentaba su yerno, ahora absuelto del crimen. La sentencia concluye que el crimen fue obra de un «varón desconocido».

La comunidad con más jurados: el acta se adjunta

Cataluña es la comunidad que más juicios con tribunales populares celebra en España (unos 50 al año) y cuenta con una sección de la Fiscalía en Barcelona especializada en este tipo de procesos. A preguntas de este diario, desde el Ministerio Público de la Ciudad Condal se indicó que, desde el año 1995 en que se aprobó la Ley del Jurado, tan sólo tienen constancia de unos tres casos en esa comunidad en los que se haya devuelto un veredicto por falta de motivación. «Se trata de situaciones muy excepcionales», explicó un portavoz autorizado. El criterio de la Fiscalía de Barcelona es que «las actas rechazadas deberían unirse a las actuaciones, aunque la legislación no hace un pronunciamiento expreso sobre ello. Son necesarias para las partes en sus recursos a la hora de que aleguen si la motivación rechazada era o no insuficiente».

Sin estadísticas oficiales en el poder judicial

La devolución de un acta del veredicto al jurado es algo tan excepcional que ni siquiera es un dato recogido en las prolijas estadísticas que suele elaborar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) cada año.

El precedente del asesinato de Rocío Wanninkhof

El juicio a Dolores Vázquez por la muerte de Rocío Wannikhof en Málaga se anuló porque el Tribunal Superior de Justicia andaluz (TSJ) entendió que el juez debería haber rechazado un veredicto. El juicio no llegó a repetirse porque se halló a otro culpable y Vázquez fue exonerada.

El caso del asesinato múltiple de Pioz

Uno de los procesos judiciales más recientes de devolución de un veredicto al jurado en España fue en el crimen de Pioz (Guadalajara), en el que el acusado, Patrick Nogueira, se enfrentaba a la prisión permanente revisable por matar a sus dos tíos y a sus primos (de uno y cuatro años de edad). La magistrada vio una motivación insuficiente en los argumentos y les instó a subsanar estas deficiencias. Al día siguiente, se admitió el mismo veredicto de culpabilidad por los cuatro asesinatos.

La posibilidad de disolver el jurado sin deliberar

En el caso de que no vea probado el delito, el magistrado que preside un tribunal del jurado tiene la facultad de disolverlo y absolver al acusado sin que ni siquiera hayan empezado las deliberaciones. En la provincia de Alicante ha ocurrido dos veces. Una de ellas, este mismo año en un juicio al exalcalde socialista de Orxeta Vicente Llinares al no considerar el magistrado que éste usara su cargo para un pelotazo urbanístico. En Elche, otro jurado fue disuelto en 2015 tras absolver el juez por falta de pruebas a los dos acusados de un atropello mortal intencionado ocurrido en la pedanía torrevejense de La Mata en 2003.

Cuando el jurado no logra cerrar un acuerdo

Si tras tres votaciones el jurado no ha logrado cerrar una mayoría suficiente para emitir un veredicto (5 para absolver y 7 para condenar), el magistrado deberá disolverlo y el juicio ser repetido con un nuevo tribunal. Una de estas situaciones se dio en la Audiencia de Girona donde se sentaba en el banquillo un padre acusado de haber matado a su bebé de 27 días en el año 2009. El primer jurado no logró cerrar un fallo y el segundo consideró que se trató de un homicidio por imprudencia, valorando que se trataba de un padre «joven e inexperto» y que el bebé se golpeó de manera accidental la cabeza con el techo, cuando trataba de calmar sus llantos.

Más de 10.000 juicios con jurado en españa

Desde la entrada en vigor de la Ley del Jurado, en España se han celebrado más de 10.000 juicios con tribunales populares, con un promedio de entre 250 y 300 casos sentenciados anualmente. Estos datos suponen un 0,04% de todos los juicios penales en todo el territorio nacional. En la provincia de Alicante, a lo largo de 2019 se han juzgado diez casos, una cifra que mantiene la media de otros años.

Un 90% de las sentencias son condenatorias

Alrededor de un 90% de las sentencias en casos juzgados por tribunales populares son condenatorias, según las estadísticas del CGPJ. El Supremo resolvió 99 apelaciones por sentencias en casos jurado. En un 70,6% de los casos se confirmó la resolución, en un 23,4% se revocó parcialmente el fallo y en sólo en un 4,3% se anuló.

Cuatro absoluciones y seis condenas este año

Cuatro de los diez casos juzgados con jurado este año en Alicante terminaron en absolución y otros seis procesos se han saldado con la condena de los acusados.

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