Síguenos en redes sociales:

Un juzgado condena a la UTE de la limpieza a asumir la auditoría contratada por el Ayuntamiento de Alicante

La jueza desestima el contencioso presentado por la adjudicataria, a la que también condena a costas / La sentencia puede ser recurrida ante el TSJ

Un juzgado condena a la UTE de la limpieza a asumir la auditoría contratada por el Ayuntamiento de AlicanteManuel R Sala

La Justicia da la razón al Ayuntamiento de Alicante en el conflicto abierto por la auditoría económica de 2018 que mantiene con la UTE de la limpieza, compuesta por FCC, Ferrovial y Cívica. La titular del contencioso número 4 ha desestimado el recurso presentado por la adjudicataria contra un acuerdo de la Junta de Gobierno que determinaba la empresa elegida por el Ayuntamiento para realizar una auditoría económica a la UTE responsable del servicio de limpieza y recogida de residuos. El coste del servicio, de 17.998 euros, correrá a cargo de la adjudicataria, tal y como defendía el gobierno municipal. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).

En el acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno en la sesión del pasado 3 de septiembre de 2019 se indicaba que el pliego de prescripciones técnicas que rigió para la adjudicación del vigente servicio público municipal de limpieza viaria y recogida de residuos, en su cláusula 6.10, señala las condiciones de la «supervisión externa para la corrección de desvíos». En ese apartado, se explica que un «auditor externo, seleccionado por el Ayuntamiento, auditará anualmente las cuentas del contratista en lo relacionado con el negocio del contrato». La cláusula indica que «el contratista pagará mensualmente al auditor externo el 0,25% de la EMD de los servicios de limpieza viaria y recogida de residuos. Este porcentaje -prosigue el texto- podrá variarse e incluso reducirse si, a juicio del Ayuntamiento, desapareciere la necesidad de tal auditoría». Además, el texto añade que «los porcentajes y coeficientes que se auditen serán definidos por el Ayuntamiento en el momento de la elección del auditor externo».

Así lo confirma la sentencia del juzgado a la que ha tenido acceso este diario, fechada el pasado 17 de diciembre. La UTE alegaba que el acuerdo impugnado era "inválido" al haberse omitido el preceptivo tramite de audiencia al destinatario directo de las obligaciones impuestas por el acuerdo (que el Ayuntamiento no negaba, aunque consideraba que no tenía la entidad suficiente como para determinar la nulidad o anulabilidad del acto administrativo impugnado, al no haber generado indefensión, según recoge la sentencia), además de por haberse omitido documentos esenciales en el procedimiento de licitación -tales como el informe del órgano de contratación motivando la necesidad del contrato, la aprobación del gasto o los justificantes exigidos en el articulo 118.3 de la Ley de Contratos del Sector Publico-, y por último por haber ampliado la Administración unilateralmente el alcance de la auditoría prevista en la clausula 6.10 del Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Contrato de Limpieza. La jueza, al respecto, sentencia que la parte que recurre "yerra al considerar que la actuación de la Administración tiene por objeto la contratación de un auditor, cuando en realidad la misma se circunscribe sólo a su selección, de modo que, no determinando la misma obligaciones económicas para el Ayuntamiento de Alicante, no es procedente la aprobación del gasto".

La sentencia ha sido bien recibida en el bipartito de Alicante, donde subrayan que ya se ha sentado la base sobre cómo deben realizarse la contratación de las auditorías económicas a la UTE de limpieza. "Nos alegramos de que nos hayan dado la razón, porque supone que lo estábamos haciendo bien. Pero lo más importante es que ya sabemos cómo hacerlo para el resto de años, seguiremos haciendo lo mismo porque era lo correcto", ha añadido el edil de Limpieza, Manuel Villar.

Tramitación desde 2018

Según el acuerdo que validó la Junta de Gobierno en septiembre de 2019 y que fue recurrido por la UTE, el Ayuntamiento «ejercerá el control financiero en cumplimiento de la cláusula contractual». Así, con ese objetivo sobre la mesa, desde Intervención se elaboró un pliego de prescripciones técnicas para la contratación del servicio, fijando los plazos para su realización y fijar el tipo de licitación (14.462,81 más IVA). A finales de 2018, desde Intervención se remitieron invitaciones a cuatro empresas auditoras para que presentasen sus ofertas. Tras recibir las proposiciones, el Departamento municipal de Control Financiero las evaluó, designando finalmente a Moragues Auditores como la firma responsable de la auditoría económica a la UTE de la limpieza. Sin embargo, ese control de las cuentas de 2018 estaba la espera de que la justicia se pronunciase, después de que la adjudicataria se negara a asumir el coste según la propuesta remitida por el Ayuntamiento.

Pulsa para ver más contenido para ti