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El Banco de España libra a la Fundación CAM de pagar 1,6 millones por la gestión de la caja

El organismo supervisor concluye que las infracciones que se imputaban a la heredera de la Obra Social de la entidad se cometieron en el negocio bancario, ahora en manos del Sabadell

Luis Boyer, presidente de la Fundación Mediterráneo, antes Fundación CAM, en una imagen de archivo. | JOSE NAVARRO

Casi una década después de que el Banco de España abriera un expediente administrativo por la gestión de la CAM a cerca de medio centenar de consejeros y directivos de la entidad, al menos la heredera de la Obra Social de la caja ya puede respirar tranquila. El organismo supervisor acaba de dictar una propuesta de resolución por la que archiva las actuaciones en lo que respecta a la Fundación Mediterráneo (antes Fundación CAM y antes Obra Social) dado que las irregularidades en la gestión de la entidad por las que se incoaron estas diligencias se produjeron en el marco del negocio financiero, hoy en manos del Banco de Sabadell, careciendo la Fundación que preside Luis Boyer de legitimación para ser sancionada.

Un argumento de peso sobre el que pocas dudas cabían pero que el letrado José María Ayala ha tenido que pelear hasta conseguir sacar a su clienta de un expediente en el se imputaban hasta tres infracciones con una propuesta de sanción de superaba el millón y medio de euros. Anomalías de las que, en todo caso, tampoco podría responder ahora el titular de ese negocio financiero al estar prescritas para la entidad catalana.

Sede de la Fundación Mediterráneo en Alicante. | JOSE NAVARRO

Notable rebaja

Por contra, la propuesta de resolución no exime de responsabilidad a los consejeros y directivos expedientados aunque sí rebaja considerablemente las sanciones propuestas en un principio. Para el presidente, los vicepresidentes y el secretario del consejo, por ejemplo, esta reducción va del más del medio millón reclamado inicialmente al los cerca de 50.000 propuestos ahora. Cifra sensiblemente inferior en el caso del resto de los miembros del consejo y que muchos van a recurrir.

A todos ellos se les imputa falta de control en la gestión de la caja y en que las cuentas reflejaran el estado real de la entidad, hecho este último por el que fueron condenados los exdirectivos María Dolores Amorós y Teófilo Sogorb.

Se les exonera en cambio de los oídos sordos que hizo a la CAM a los reiterados requerimientos del Banco de España para que presentara un plan de capitalización.

El procedimiento sancionador se inició en enero de 2012 aunque se paralizó por los procesos penales abiertos en la Audiencia Nacional y no se reactivó hasta que concluyeron hace algo más de un año. La caja desapareció tras ser intervenida por el Banco de España en julio de 2011 y adjudicada después al Sabadell por un euro.

El organismo supervisor dividía las infracciones en tres grupos. Deficiencias en la gestión del riesgo donde englobaba desde fallos en el seguimiento y recuperación de la financiación hasta la falta de control en el riesgo de liquidez, en la política de endeudamiento, en las retribuciones a los miembros del consejo y en la auditoría interna. Atribuía también a los expedientados irregularidades contables entre los años 2008 y 2011 por las que se dictaron las dos condenadas antes citadas.

Por último, el Banco de España imputaba el incumplimiento en la presentación del plan de viabilidad de la caja que hasta en dos ocasiones le requirió el supervisor, de lo que ahora ha eximido a los consejeros.

En los respecta a la Fundación Mediterráneo, haciendo suyas las alegaciones de su abogado, el Banco de España considera que la responsabilidad administrativa de la CAM no se transmitió a la Fundación al formar parte del negocio bancario segregado y adquirido por el Sabadell, un proceso que comenzó el 21 de junio de 2011, cuando se creó el Banco CAM al que le trasmitió todo el negocio financiero.

Recuerda el Banco de España apoyándose en sentencias del Supremo que «quien responde de las sanciones administrativas es la entidad continuadora de la del negocio que cometió los hechos». Y concluye que «no puede considerarse que tal responsabilidad se haya trasladado a la Fundación dado que esta entidad no sucedió en el negocio bancario a la CAM, razón por la que procede proponer el sobreseimiento respecto a la misma», recoge la propuesta de resolución.

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