La reestructuración empresarial como alternativa a los concursos
Miguel López International Lawyers ofrece las claves del nuevo escenario que se les plantea a las empresas tras la finalización de la moratoria concursal el 30 de junio
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Javier Sanz de Acedo, Miguel López y Luis Francisco Pérez. / r.e.
Tras sucesivas prórrogas, finalmente el 30 de junio finaliza la moratoria concursal. Ante este nuevo escenario y la inminente aprobación de la reforma de la ley, el despacho alicantino Miguel López International Lawyers recomienda a las empresas explorar la prevención y reestructuración como alternativas a la vía concursal.
El abogado Luis Francisco Pérez Gómez, socio de Miguel López International Lawyers, insta a las empresas a asesorarse para maximizar su viabilidad: «Es fundamental la prevención y más en este escenario económico incierto. La reforma concursal añade el concepto de insolvencia probable, que se prevé a dos años vista y permite solicitar un plan de reestructuración. Estos planes vienen a sustituir a los actuales acuerdos de refinanciación, limitando las posibilidades que hay ahora de bloquear su aprobación».
Con el fin de la moratoria empieza un plazo de dos meses para que las empresas en situación de insolvencia soliciten concurso. «Es una obligación que, de incumplirse, puede conllevar graves responsabilidades para sus administradores», explica Pérez Gómez. «Y el segundo efecto principal es que los juzgados ya podrán admitir a trámite las solicitudes de concurso necesario, instados por un acreedor de la empresa insolvente».
La reforma concursal está finalizando su tramitación y se prevé que entre en vigor a finales de julio. Según afirma Luis Francisco Pérez, «no es el escenario ideal estrenar la aplicación de una reforma de tanto calado justo cuando esperamos una avalancha de solicitudes de concurso latentes durante la moratoria, aunque siempre será mejor que seguir aplicando la ley actual, que se ha demostrado ineficiente».
Una opinión que refuerza con datos: «La realidad en sus casi 20 años de aplicación es que el 90% de las empresas en concurso se liquidan. La reforma tiene como principal objetivo facilitar la reestructuración preventiva como alternativa al concurso, estableciendo un marco legal más en consonancia con el europeo». Por eso incide en la necesidad de potenciar la supervivencia de empresas con acciones preventivas.
Este abogado experto explica que hay alternativas al concurso a analizar individualmente por un equipo como el de Miguel López International Lawyers: «Si una empresa no es viable ni tiene posibilidad de refinanciación, necesariamente ha de solicitar el concurso. En caso de tensión financiera, lo conveniente sería comunicar el inicio de negociaciones con los acreedores. Si en tres meses no se llega a acuerdo hay un mes para solicitar el concurso, aunque la reforma concursal prevé posibles prórrogas. Este periodo de negociaciones tiene importantes efectos, como impedir ejecuciones judiciales contra la empresa con excepción de determinados tipos de crédito».
Cabe destacar también que la reforma concursal establecerá un procedimiento especial y simplificado para pymes con menos de 10 trabajadores o con un volumen de negocio o pasivo inferior a 2 millones de euros, a través de una serie de formularios y vía comunicación electrónica directa con el juzgado.
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