Cada fin de año se habla de novedades fiscales. ¿Qué nos puede contar de los cambios que se avecinan? 

Por desgracia, cada año esperamos las novedades fiscales como si de la nueva temporada de nuestra serie favorita se tratase. Sería más deseable tener un sistema impositivo estable que diera seguridad y certeza a lo largo del tiempo. Pero en los más de veinte años que llevo de ejercicio profesional no lo he visto nunca y no es algo en lo que tenga ya mucha esperanza. Este año, las cuestiones de mayor trascendencia desde el punto de vista empresarial son el Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas y el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. 

¿En qué consiste el Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas? 

Bueno, en realidad hasta el momento solo conocemos el anuncio que hizo la ministra de Hacienda, y la enmienda presentada por el grupo parlamentario socialista y el de Podemos a la Proposición de Ley que trata de introducir, a su vez, un impuesto al sector energético y otro al sector financiero. Pero lo que se ha publicado es bastante preocupante. 

En realidad, no se trata de un nuevo impuesto a las grandes fortunas. Esta denominación únicamente enmascara el conflicto entre el Gobierno Central y los Gobiernos Autonómicos en torno al Impuesto de Patrimonio. Como algunos de ellos han bonificado la cuota, eliminando de facto la tributación por este impuesto en su territorio, como sucede en Madrid desde hace tiempo o se ha aprobado recientemente para Andalucía, el Gobierno, temeroso de que las distintas comunidades empezasen una competencia fiscal entre ellas, ha decidido zanjarla de una manera que, en mi opinión, siembra muchas dudas en cuanto a su constitucionalidad. 

¿Cuáles son estas dudas? 

Por intentar explicarlo de una manera que resulte fácil de entender, si todo se aprueba como está propuesto, habrá dos impuestos: uno el de Patrimonio, en el cuál las comunidades autónomas tienen capacidad normativa, y otro, el de Solidaridad a las grandes fortunas, con una redacción prácticamente idéntica al primero, que se aplicará si las comunidades legislan en un sentido que no guste al Gobierno. En la cuota del Impuesto de Solidaridad se restará la cuota del de Patrimonio, por lo que, si has pagado Impuesto de Patrimonio no pagarás prácticamente Impuesto de Solidaridad, pero si tu comunidad lo tenía bonificado, al no restar nada, pagarás todo el de Solidaridad. Por tanto, se trata realmente de un impuesto que grava a las comunidades que han bonificado el IP, lo cual no es sino una especie de fraude de ley: un subterfugio para vaciar de contenido la cesión. Es, en definitiva, una forma de saltarse las reglas del juego. 

¿Y conllevará este impuesto un gran incremento en la recaudación? 

En absoluto. En comparación con el incremento en la recaudación que ha tenido el Estado únicamente con la subida de la inflación, y que están pagando todos los contribuyentes con independencia de su nivel de renta, este impuesto es anecdótico. Sin embargo, es un impuesto que se paga cada año y que, en el caso de las empresas familiares, requiere del cumplimiento de una serie de requisitos para poder tener derecho a la exención de las participaciones. Estamos teniendo muchas consultas, especialmente en nuestra oficina de Madrid, de empresarios que han ido relajándose en el cumplimiento de estas exigencias y que ahora tienen que actuar con presteza para no sufrir un súbito impacto fiscal. 

En cualquier caso, nuestra recomendación será la de, aunque se pague el impuesto, impugnar la autoliquidación a la espera de una declaración de inconstitucionalidad posterior. 

Las cuestiones de mayor trascendencia desde el punto de vista empresarial son el Impuesto de Solidaridad a las grandes fortunas y el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. INFORMACIÓN

¿Y en qué consiste el nuevo impuesto a los envases de plástico no reutilizables?

Es un impuesto que pretende incentivar el uso de materiales reciclados en los envases. Para ello, grava la fabricación de envases de plástico no reutilizable. El problema, es que no solo grava la fabricación, sino también la importación de productos envasados, ya sea de la UE o de países terceros. Aquí es donde se está gestando la gran tormenta. 

¿Quiere decir que si una empresa importa productos envasados de fuera tendrá que declarar este impuesto? 

Así es. El impuesto se aplica tanto a envases como a embalajes e incluso a aquellos que tengan materiales parcialmente reciclados. Esto es supone que una cantidad inmensa de contribuyentes van a tener que declararlo y lo peor es que no hay una forma clara de certificar la cantidad de plástico de cada importación, ya que lógicamente los proveedores foráneos no conocen este impuesto. 

Ayer leí que, en Reino Unido, existe un impuesto parecido que se declara a partir de 10 toneladas al año. En España, el límite exento previsto por la norma es de 5 kilogramos al mes. Sinceramente, se avecina un caos enorme del que mucha gente ni tan siquiera es todavía consciente. Para que se haga una idea, nosotros hemos creado un departamento específico solo para esta materia. 

¿Y en el IRPF, cuáles son las novedades?

En el IRPF se aumenta mil euros el mínimo exento, y se amplía hasta 21.000 euros (ahora son 18.000) el límite para aplicar reducciones en los rendimientos del trabajo. Sin embargo, a pesar de la tremenda inflación, no se ha deflactado la tarifa. Esto supone que, aun cuando yo tenga menos renta disponible al haber subido los precios, deberé pagar el mismo impuesto. 

Y también se incrementan los tipos para los rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales a partir de 200.000 Euros. Del 26% pasa al 27% y al 28% a partir de 300.000 Euros. 

¿Cómo queda el Impuesto sobre Sociedades?

En mi opinión, en el Impuesto sobre Sociedades estamos sufriendo un importante retroceso competitivo para nuestras empresas del que no sé si se es muy consciente, y me refiero al régimen de consolidación fiscal. Este régimen consiste, de manera muy resumida, en que los grupos empresariales puedan hacer una única declaración agregando todos sus resultados, en lugar de hacer una por cada empresa. Se creó en su día para favorecer el emprendimiento y la generación de riqueza y empleo, ya que crear nuevas sociedades permitía limitar la asunción de riesgos y favorecía que los empresarios decidieran arriesgar por nuevos proyectos sin que esto les supusiese un perjuicio fiscal. 

Sin embargo, cada año se va cercenando más la neutralidad del régimen. Este año se quiere limitar la compensación de resultados positivos y negativos entre empresas del grupo al 50%. Entiendo que esto permitirá incrementar, aunque no mucho, la recaudación, pero el coste a nivel de creación de nuevas empresas y proyectos será muy grande. No sé si el legislador piensa en estas cosas a largo plazo, o si actúa más movido por una visión tremendamente cortoplacista. 

Por último, queríamos felicitarle por haber sido reconocido hace unos días como Lawyer of the Year en un directorio americano. 

Se lo agradezco, pero a los directorios hay que darles solo la trascendencia que tienen, que no es tanta. En concreto este del que habla realiza encuestas y votaciones entre abogados, a los cuáles les estoy muy agradecido. Pero esta profesión, como imagino que todas, no se puede medir como si fuera el Tour de Francia. Es cierto que estas cosas te alegran, bromeas un poco con tus hijos y ya. No puedes creerte mejor que nadie, sino ser humilde y buscar el reconocimiento y satisfacción en el día a día de tus clientes.

El despacho Devesa & Calvo se ubica en la emblemática Casa Carbonell de Alicante. hector fuentes

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